Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 9 de Mayo de 2019, expediente CNT 069570/2017/1/RH001

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 69570/2017 - Recurso Queja Nº 1 - OLIVERA LEITES, S. c/

SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 09 de mayo de 2019.

para dictar sentencia se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. R.C.P. dijo: I.- Que llega al tratamiento de esta Sala el recurso de apelación interpuesto por la demandada (fs.

3/6vta. de las presentes y fs. 66/69vta. de la causa que corre por cuerda) y cuya concesión surge de lo decidido a fs. 67/vta.

Que, conforme surge de fs. 70, la parte actora guardó silencio frente al traslado conferido a fs. 68.

Que a fs. 72/73 dictaminó la Sra. Fiscal General Adjunta Interina ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. II.- Que, previo a todo, corresponde reseñar que según se desprende de fs. 23/56 de la causa que corre por cuerda, la demandada compareció a contestar demanda e invocó el art. 35 de la ley 18.345; que a fs.

57/59 obra la ratificación de la gestión y acreditación de la personería invocada; que a fs. 62 la Sra. Juez de la instancia anterior le corrió traslado a la parte actora de las “…circunstancias invocadas”; que a fs.

63/64 la parte actora solicitó la declaración de rebeldía y a fs. 65 la a quo desestimó las circunstancias invocadas a los fines de comparecer en los términos del art. 35 de la ley 18.345 y declaró a la demandada incursa en la situación procesal prevista por el art. 71 de la ley 18.345.

Que, dispuesta la apertura de la instancia a fs. 67/vta., corrido que fue el traslado de los agravios (fs. 68 y 70), corresponde examinar el recurso de apelación interpuesto con respecto a la resolución de fs. 65. III.- Que, al respecto, observo que al Fecha de firma: 09/05/2019 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX #31550530#233977082#20190509151204937 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX momento de contestar demanda la recurrente, el presentante compareció invocando los términos del art.

37 L.O. “… debido a que ha sido imposible entregar poder suficiente…”, sin explicitar ninguna razón concreta para tal impedimento, sumado a que el instrumento legal que acredita la personería invocada fue agregado con posterioridad al vencimiento del plazo para contestar demanda (ver cargo de fs. 59 y constancia del Oficial Notificador de fs. 61vta.); por...

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