Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 19 de Octubre de 2018, expediente CNT 003288/2018/1/RH001

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 3288/2018/1/RH1 SENTENCIA INTERLOCUTORIA. 38151 AUTOS: “GATELL, M.G.C./ ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES S/ DESPIDO– Incidente de Recurso de Queja-”

(JUZG. Nº 36)

Buenos Aires, 19 de octubre de 2018.

VISTO:

El recurso de hecho interpuesto por la parte actora a fs. 3 y vta.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que la queja es formalmente inadmisible dada la falta de cumplimiento de lo normado en el art. 283 del C.P.C.C.N., en tanto se ha omitido indicar las fechas requeridas por el inciso 2º de dicha norma legal.

  2. Que en atención a la ausencia de contradictorio, las costas serán impuestas en el orden causado (cfr. art. 68, segundo párrafo, C.P.C.C.N.).

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

1) Desestimar la queja interpuesta. 2)

Imponer las costas en el orden causado. 3) R. y remítanse estas actuaciones al Juzgado Nº 36 del fuero para su agregación a las principales. Se deja constancia que la Dra. G.L.C. no vota en virtud de lo dispuesto por el art.125 L.O.

MLF...

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