Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 4 de Junio de 2018, expediente CSS 087610/2014/1/RH001

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2018
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 CAUSA Nº87610/2014 Sentencia Interlocutoria AUTOS: CAJA COMPLEMENTARIA DE PREV.PARA PILOTOS AVIADORES c/

M.J.J. s/ INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA Ciudad Autónoma de Buenos Aires, VISTO:

El recurso de hecho que deduce la ejecutante contra la resolución del Sr. Juez a quo de fecha 4 de diciembre de 2017, que deniega el recurso de nulidad y apelación en subsidio contra la sentencia que manda llevar adelante la ejecución; Y CONSIDERANDO:

Que constituye presupuesto inexcusable del recurso que la decisión cause agravio al litigante que la deduce, debiendo entenderse por agravio la insatisfacción total o parcial de cualquiera de las pretensiones planteadas en el litigio. (“Manual de Derecho Procesal Civil”, L.E.P. pág. 580).

Que de los argumentos expuestos por el presentante no se infiere que la providencia apelada le cause un gravamen irreparable (art. 242 inc. 3° del C.P.C.C.N.) toda vez que la misma ha sido dictada como consecuencia de valoración de las constancias obrantes en la causa principal.

A mayor abundamiento no resulta ocioso señalar que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos “Obra Social de Docentes Particulares c/ Fundación Santa María s/ Ejecutivo” (O. 261 XLVI del 06 de mayo de 2014) sostuvo que las atribuciones conferidas a las obras sociales para la emisión del título ejecutivo, así como para el cobro judicial de los aportes y contribuciones...

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