Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I, 17 de Abril de 2018, expediente FCB 021040004/2010/1/RH001

Fecha de Resolución17 de Abril de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B AUTOS: “INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA EN AUTOS: ‘D.N.

  1. c/

    VAZQUEZ, DAVID Y/O QUIEN RESULTE OCUPANTE –DR. CASTOLDI s/CIVIL Y COMERCIAL”

    doba, diecisiete de abril del año dos mil dieciocho.-

    Y VISTOS :

    Estos autos caratulados: “INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA EN AUTOS: ‘D.N.

  2. c/ VAZQUEZ, DAVID Y/O QUIEN RESULTE OCUPANTE –DR. CASTOLDI s/CIVIL Y COMERCIAL –

    VARIOS’” (Expte. N° 21040004/2010/1/RH1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de queja interpuesto por el demandado L.C. en contra del proveído dictado por el señor Juez de Primera Instancia del Juzgado Federal Nº 2 de Córdoba, obrante a fs. 6 de estas actuaciones, y en el que ha decidido: “Córdoba, 26 de febrero de 2018.

    Teniendo en cuenta que la Cámara Federal de Apelaciones ha afirmado que los escritos firmados solo por los letrados patrocinantes no son susceptibles de ser subsanados con posterioridad dado que la falta de firma hace a la esencia misma del acto, corresponde tener por no presentado el escrito de fecha 02/11/17 (Ver Resoluciones de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones en los autos: “FUENTES, H.R. c/ Anses s/ mora administrativa” (Expte. Nº 18723/2015, R.. Sala A del 2.09.16) y “JUAREZ, C.A. c/ ANSES s/amparo por mora” (Expte.

    18451/2014 Resol. Sala B del 08.11.17). N. personalmente o por cédula”.- Fdo. A.S.F. – JUEZ FEDERAL.-

    Y CONSIDERANDO :

  3. Llegan los presentes autos a estudio del Tribunal en virtud del recurso de queja interpuesto a fs. 8/12vta. por el demandado L.C. con el patrocinio letrado de los doctores J.A.J. y L.A.S.. Expresa el recurrente que por un error Fecha de firma: 17/04/2018 Alta en sistema: 20/04/2018 Firmado por: A.G.S. TORRES, Firmado por: L.R.R., Firmado por: L.D. VALLE NAVARRO, Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CAMARA #31369225#203530936#20180418091539582 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B AUTOS: “INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA EN AUTOS: ‘D.N.

  4. c/

    VAZQUEZ, DAVID Y/O QUIEN RESULTE OCUPANTE –DR. CASTOLDI s/CIVIL Y COMERCIAL”

    involuntario los letrados patrocinantes han omitido incorporar la firma de su representado –L.C.- en el escrito de interposición del recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva dictada en los autos principales, de conformidad con el art. 46 del CPCCN. Expresan los letrados que sin perjuicio de ello, y ratificando lo actuado por el Sr. L.C., su representación legal se encuentra reflejada en la...

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