Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala B, 21 de Noviembre de 2017, expediente CIV 023107/2017/1

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2017
EmisorCamara Civil - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B 23107/2017 Recurso Queja Nº 1 - c/ CONESA, R. s/REINTEGRO DE HIJO Buenos Aires, de noviembre de 2017.-

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

A fs. 12/13 la parte demandada interpone recurso de queja en los términos del art. 282 y cc. del Código Procesal, en virtud de la denegatoria del recurso de apelación que articulara contra la providencia que obra a f. 9.

Es criterio reiterado que configura un requisito de admisibilidad del recurso de apelación, la circunstancia de que la providencia correspondiente ocasione a quien lo interpone un agravio o perjuicio personal, concreto, cierto y resultante de la decisión que se recurre, porque de lo contrario faltaría un requisito genérico a los actos procesales, cual es el interés, puesto que de carecer de interés legítimo en la modificación de la resolución dictada en la anterior instancia, el recurso resulta improcedente (Conf. Palacio- A.V., “Código Procesal Explicado y Anotado”, Rubinzal-Culzoni, Editores, T. 6to. pág.69/70 y jurisprudencia allí citada), desde que...

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