Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 20 de Octubre de 2017, expediente CCF 003663/2017/1/RH001

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA II Causa N°3663/2017 Recurso Queja Nº 1 – G,. S,.

I.M. s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, 20 de octubre de 2017.IGM Y VISTOS: el recurso de queja interpuesto por la actora contra la resolución que en copia luce a fs. 10; y CONSIDERANDO:

  1. Que en estos obrados se presenta el Sr. C.J.G.,.

    mediante apoderado y en representación de su hijo menor de edad,

    I.M.G.,.

    S,. a fin de que la Organización de Servicios Directos Empresarios (en adelante OSDE), le brinde la cobertura integral del tratamiento “cross linking” en sus lentes esclerales recetados por su médico tratante (conf.

    prescripciones médicas agregadas a fs. 6 del principal, que el tribunal tiene a la vista).

    La magistrada de la anterior instancia, dispuso previo a todo trámite, que el presentante acredite la personería invocada en debida forma (arg. art. 1017 inc. d del CCyC), mediante la escritura de poder correspondiente o bien mediante la iniciación del beneficio de litigar sin gastos, a fin de hacer valer la carta poder otorgada (conf. fs. 1 y 2 del principal) .

    Contra esta resolución, la actora dedujo recurso de revocatoria con apelación en subsidio, los que fueron rechazados en los términos que surgen del auto que en copia luce a fs. 10 y vta, lo que motivó

    la interposición de la queja por apelación denegada obrante a fs. 11/14.

  2. Establecido lo anterior, corresponde señalar que el recurso de queja por apelación denegada constituye un remedio procesal tendiente a obtener que el tribunal para conocer en segunda instancia, tras revisar el juicio de admisibilidad efectuado por el órgano inferior –

    preliminarmente en orden a si el recurso fue bien o mal denegado-, revoque la providencia denegatoria de la apelación, la declare admisible y, eventualmente disponga sustanciarla en la forma y efectos que corresponda Fecha de firma: 20/10/2017 Alta en sistema: 26/10/2017 Firmado por: RICARDO

  3. GUARINONI - EDUARDO DANIEL GOTTARDI, #30054381#188070062#20171020114324545 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA II Causa N°3663/2017 (conf esta Sala, causas 12678/07 del 24.04.08; 2266/11 del 30.6.11; S.I., causa 2433/11 del 16.6.11, entre otras).

    Por otra parte, configura un requisito subjetivo de admisibilidad del recurso de apelación, la circunstancia de la que la resolución que se pretende impugnar ocasione a quién lo interponga o a su representado, un agravio o perjuicio...

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