Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 29 de Septiembre de 2017, expediente CAF 034542/2012/1/RH001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 34.542/2012/1/RH1: Incidente de Recurso Queja de SHELL C.A.P.S.A., en autos: “CANTOS MOURENZA MARTIN M c/ SERVACAM SRL Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS”

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2017. SMM Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que, recurre en queja SHELL C.A.P.S.A.

contra la providencia por la que el Sr. Juez de primera instancia denegó el recurso de apelación deducido contra el auto mediante el cual se designó perito geólogo, único de oficio, en forma previa a resolver la oposición -a ese medio de prueba- que fuera formulada por esa parte (v. fs. 2/8, 10, 11/3 y 14 de este incidente).

II- Que la queja reúne los requisitos de admisibilidad formal exigidos por los arts. 282 y ccdtes. del C.P.C.C.

Procesal, por lo que corresponde declararla abierta.

III- Que, de conformidad con lo dispuesto por el art. 379 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, “…las resoluciones…sobre producción, denegación y sustanciación de las pruebas…”, son inapelables.

Sin embargo, en reiteradas oportunidades, se ha señalado que -dado que se trata de una norma de excepción a los principios generales en materia de recursos- el art. 379 del Código Procesal debe ser de interpretación restrictiva o específica (conf.

F., E.M., “Código Procesal Civil y Comercial, Anotado, Comentado y Concordado”, A.P.-1992, T. III, pág. 164; F., C.E., “Código Procesal Civil y Comercial, Comentado y Concordado”, Ed. Astrea- 2001, T. 2, p. 512; esta S., “EN- M° Interior- (Autos 38329/07 “González” s/ queja”, del 20/3/12; “Pampa Energia SA- RQU s/ queja”, del 30/4/13; Incidente recurso de queja en “A.H.R. y otros c/ EN-

SIDE -Resol 17/00 s/ empleo público”, del 6/7/15, entre otros).

Fecha de firma: 29/09/2017 Alta en sistema: 03/10/2017 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #30378319#189522906#20170929115532536 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 34.542/2012/1/RH1: Incidente de Recurso Queja de SHELL C.A.P.S.A., en autos: “CANTOS MOURENZA MARTIN M c/ SERVACAM SRL Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS”

IV- Que, en la especie, se verifica un supuesto en el cual, la aplicación del principio de inapelabilidad previsto en el art. 379 del Código Procesal, sin consideración alguna acerca de las particularidades del caso, podría generar un agravio irreparable.

En efecto, la recurrente cuestiona que...

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