Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 11 de Julio de 2017, expediente CIV 041499/2016/1

Fecha de Resolución11 de Julio de 2017
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A Recurso Queja Nº 1 – “PIACENTE, A. c/ INTRUSOS Y/U OCUPANTES DOBLAS 146/50 PISO 8 DEPTO. 1 UF 29 s/DESALOJO:

INTRUSOS”. EXPTE. N° 41499/2016/1/RH1. –J. 34-

RELACION N° 041499/2016/1/RH001 Buenos Aires, julio de 2017.-

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. El recurso de queja por apelación denegada, también denominado directo o de hecho, es el remedio procesal tendiente a obtener que el órgano judicial competente para entender en segunda o tercera instancias ordinarias, tras revisar el juicio de admisibilidad formulado por el órgano inferior, revoque la providencia denegatoria de la apelación, declare a ésta, por consiguiente admisible, y disponga sustanciarla en la forma y efectos que correspondan (conf. Palacio, L.E., “Derecho Procesal Civil”, T. V, nº 558, pág. 127).-

    Ello sentado, cuadra señalar que uno de los presupuestos subjetivos de admisibilidad de la apelación lo constituye la existencia de un gravamen o perjuicio concreto y actual, resultante de la decisión que se recurre, y el interés válido para quien lo interpone (esta S., R. 614.676, del 15/2/13).-

  2. Conforme surge de las constancias de autos, el Sr. Juez de primera instancia, en la decisión que se pretende cuestionar, ordenó el desglose de la documentación que la quejosa adjuntara a fs. 341/342 por haber sido agregada en forma extemporánea (cfr. fs. 427).-

    Ahora bien, sin perjuicio de lo prescripto al respeto por el art. 333, cabe resaltar que las citadas piezas serían “…copias certificadas de un expediente judicial que ha concluido con su homologación y que fue oportunamente ofrecido como prueba…” (cfr. fs. 437).-

    Fecha de firma: 11/07/2017 Alta en sistema: 03/08/2017 Firmado por: JUECES DE CAMARA, #30086697#182507125#20170711113745296 Ello surge de la presentación de fs. 243/253, en la cual la quejosa ofreció prueba informativa a fin de que se requirieran copias certificadas de las siguientes causas judiciales: “O.R.G. c/ Piacente Adolfo s/ Protección contra la violencia familiar”; “O.R.G. c/ Piacente Adolfo s/ Compensación económica” y “O.R.G. c/ Piacente Adolfo s/

    Homologación de convenio”. Tales medios probatorios fueron tenidos presente a fs. 323.-

    Por otra parte, se advierte que en la audiencia llevada a cabo el 6 de junio del corriente año, celebrada en los términos del art. 360 del rito, “el Tribunal resuelve tener presente los desistimientos efectuados y tener por ofrecida la...

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