Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 1 de Diciembre de 2016, expediente CAF 032765/1999/1/RH001

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa nº 32765/1999/1/RH1 incidente de recurso de queja en autos “Empresa Nacional de Telecomunicaciones (en liquidación) c/ Telefónica de Argentina SA s/

contrato administrativo”.

Buenos Aires, 1º de diciembre de 2016.

VISTO:

El recurso de queja deducido por Telefónica de Argentina SA contra la providencia del 3 de octubre de 2016 (fs. 32/34); y CONSIDERANDO:

  1. ) Que la magistrada de grado desestimó por extemporánea la apelación en subsidio contra la decisión del 24 de junio de 2016. Asimismo, destacó que los agravios pretenden reeditar cuestiones precluidas que ya fueron resueltas a fs. 2463/2464 (fs. 13/26 y 29/31).

  2. ) Que el tratamiento del presente recurso de hecho exige una breve reseña de sus antecedentes, cuyos términos surgen de la causa principal requerida en los términos del art. 283 del CPCCN:

    El presente pleito tiene por objeto la rendición de cuentas de las sumas percibidas por Telefónica de Argentina SA por cuenta y orden de ENTEL relativas a la facturación y gestión de cobranza de los servicios prestados por esta última y pendientes de pago al momento de la toma de posesión.

    La demanda fue admitida y se condenó a Telefónica de Argentina SA a practicar la rendición de cuentas en el plazo de 60 días hábiles de conformidad con las pautas de la sentencia y del contrato de transferencia, bajo apercibimiento de tener por aprobada la que presentara la actora (fs.

    2088/2093), lo cual fue confirmado por esta alzada (fs. 2149/2155). La apelación ordinaria ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación fue declarada desierta (fs. 2261/2269) y el recurso extraordinario fue rechazado (fs. 2272).

    En cumplimiento de esa condena firme, Telefónica de Argentina SA presentó una rendición de cuentas y determinó que existía un saldo a su favor de $41.398.056 (fs. 2283/2291), conclusión que mereció la impugnación de la contraria por pretender compensar conceptos rechazados en la sentencia (fs.

    2305/2330). Posteriormente, se confirió una dúplica (fs. 2391/2401), una réplica (fs. 2409/2419) y un traslado de la réplica (fs. 2440/2443) con su correspondiente contestación (fs. 2449/2450).

    La magistrada rechazó la rendición de cuentas formulada por la demandada y dispuso que su cálculo debía ser practicado por la actora con el Fecha de firma: 01/12/2016 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE...

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