Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 8 de Noviembre de 2016, expediente CAF 021883/2016/1/RH001

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 21883/2016 Recurso Queja Nº 1 - AFIP s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

Buenos Aires, de noviembre de 2016.-

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el Fisco Nacional – Dirección General de Aduanas interpuso recurso de queja contra la providencia de fecha 5 de julio de 2016, en virtud de la cual se concedió con efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto por su parte contra la resolución dictada por el juez a cargo del Juzgado Nº 7 del fuero en fecha 14 de junio del corriente año, por medio de la cual había hecho lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, ordenado la suspensión de los efectos de la Resolución DGA Nº 5/16, por la que se impuso a la actora la sanción de cancelación de la habilitación del depósito fiscal ubicado el Mercado Central de Buenos Aires, sito en sito en Colectora Av. R. y Boulogne Sur Mer del Partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires y se la intimó para que en el plazo de 60 días dicho depósito quedara “a Plan Barrido”, hasta tanto quedara firme el acto cuestionado.

    Solicitó que el recurso de apelación deducido por su parte se concediera con efecto suspensivo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 13 de la Ley Nº 26.854.

  2. Que el instituto de la queja previsto en el artículo 284 del CPCCN es procedente cuando se cuestionase el efecto que se hubiese concedido el recurso de apelación, como sucede en el caso de autos.

  3. Que en el artículo 13, inciso 3º, de la Ley Nº

    26.854 se establece la concesión con efecto suspensivo del recurso de apelación contra una medida cautelar que suspenda los efectos de una disposición legal o de un reglamento del mismo rango jerárquico, carácter que liminarmente no corresponde atribuir al acto cuya suspensión Fecha de firma: 08/11/2016 Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #28667756#166321815#20161107141920391 precautoria fue solicitada en las actuaciones principales (cfr. esta S., in...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR