Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 20 de Octubre de 2016, expediente CSS 500373/1996/1/RH001

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2016
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA INTERLOCUTORIA EXPEDIENTE NRO: 500373/1996 AUTOS: “Recurso Queja Nº 1 - FUENTE ERNESTO GREGORIO s/REAJUSTES VARIOS”

Buenos Aires, EL DR. J.C.P.L. DIJO:

  1. Contra la providencia del 19/10/15 mediante la cual el Sr. Juez interviniente dispuso la remisión de las actuaciones al Cuerpo de Contadores Oficiales a fin que se expida respecto del cómputo acompañado por la accionada y, en su caso confeccione un nuevo cálculo con sujeción a las directivas que allí indica, la parte actora planteó revocatoria con apelación en subsidio. Ambos remedios fueron rechazados, el primero por falta de mérito que impulse al sentenciante su modificación, y el segundo con fundamento en que la resolución impugnada fue dispuesta en uso de las facultades ordenatorias e instructorias que concede al juez el art. 36 del CPCCN.

  2. En tales circunstancias, la accionante dedujo recurso de queja directa por ante esta Cámara.

  3. Observado con criterio amplio el remedio intentado y teniendo en USO OFICIAL cuenta el estadío en que se encuentra el trámite y la necesidad salvar el escollo que impide su normal prosecución, en las particulares circunstancias del caso, propicio: 1) declarar formalmente admisible la queja deducida y hacer lugar a la misma; 2) disponer la concesión del recurso deducido por la demandada en los términos del art. 283 del CPCCN. Sin costas (art. 68, párr. del CPCCN). v3 LOS DRES. M.L.Y.N.A.F. DIJERON:

Adherimos a las conclusiones a que arriba el Dr. J.C.P.L..

Por lo que resulta del acuerdo que antecede, el Tribunal

RESUELVE:

1) declarar formalmente admisible la queja deducida y hacer lugar a la misma; 2) disponer la concesión del recurso deducido por...

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