Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 1 de Septiembre de 2016, expediente CCF 006257/2009/1/RH001

Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa nº 6.257/2009/1/RH1 Incidente de recurso de queja en autos “B.N.J. y otros c/ Sindicato de Acc Clase C Telecom Argentina Stet France y otro s/ programas de propiedad participada”.

Juzgado nº 8, Secretaría nº 15.-

Buenos Aires, 1 de septiembre de 2016.

Y VISTO; CONSIDERANDO:

  1. ) Según se desprende de los autos principales que el Tribunal tiene a la vista (confr. fs. 14 y vta. de este incidente), los actores, invocando el carácter de ex accionistas del Programa de Propiedad Participada de Telecom Argentina SA, demandaron al Estado Nacional y al Sindicato de Accionistas Clase C Telecom Argentina, con el objeto de que se los condene a abonar el saldo adeudado por la recompra de sus títulos por parte del ente fiduciario del sistema, al desvincularse de la empresa. Concretamente, cada uno de ellos reclamó la suma que surge del anexo I adjuntado al escrito de inicio (ver fs.

    20 y 24/30).

    Al contestar el traslado de la demanda, el Comité Ejecutivo del PPP de Telecom dedujo, entre otras, la excepción de listispendencia (ver fs. 79/92 vta., punto IV). Esta fue respondida por los actores a fs. 94 vta./95 vta., ocasión en la cual resistieron su procedencia, empero solicitaron el libramiento de diversos oficios a los juzgados pertinentes, de considerarse necesario.

    A fs. 120 el magistrado a quo ordenó el libramiento de tales oficios.

    Más adelante, intimó al Comité para que cumpliera con dicha manda, en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido de la defensa incoada (ver fs. 124 y cédula de notificación de fs. 125 y vta.).

    Posteriormente, los accionantes desistieron del reclamo contra el Comité (ver fs. 133 y vta., resolución de fs. 135 y vta. y conformidad de fs.

    143).

    En tal estado de cosas, los actores solicitaron que se declararan abstractas las excepciones deducidas por éste en el responde, y asimismo, Fecha de firma: 01/09/2016 Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #28380227#159840826#20160902085901418 desistieron de su petición de libramiento de oficios, vinculados con la litispendencia planteada por el codemandado, proveída a fs. 120 (ver escrito de fs. 154).

    El juez, mediante el auto de fs. 156, señaló que el desistimiento formulado respecto del Comité Ejecutivo del PPP de Telecom había tornado abstractos sus planteos, no obstante lo cual, decidió...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR