Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 18 de Agosto de 2016, expediente FSA 041001186/1994/1/RH001

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA CIVIL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II INC. DE QUEJA EN: ARIAS, BENITO C/ DGFM S/ ACCIDENTE DE TRABAJO”

EXPTE. Nº 41001186/1994/1/RH1 ta, 18 de agosto de 2016.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el apoderado legal del Ministerio de Economía y Producción de la Nación (MECON) interpuso recurso de queja en los términos del art. 282 del CPCCN (fs. 55/60 y vta.) en contra de la providencia de fs. 51 por la que el Juez de la instancia anterior rechazó el recurso de apelación que interpusiera en subsidio al de reposición, con fundamento en lo dispuesto por el art. 109 de la ley 18.345 que veda la apelación de todas la resoluciones que se dicten en el proceso de ejecución de sentencia en una causa de naturaleza laboral.

  2. Que habiéndose planteado en término el recurso y reunidos los requisitos exigidos por el art. 283 del CPCCN, es oportuno ingresar a considerar su procedencia; lo que arroja un resultado negativo en tanto la cuestión no escapa al principio de inapelabilidad establecido en el artículo 109 de la ley 18.345 (confr. a contrario sensu A. y P., “Ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo”, comentada, Fecha de firma: 18/08/2016 Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.X.S.P., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA #28742389#159633371#20160818115849520 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II anotada y concordada, Astrea, Buenos Aires, 1993, 1ra. reimpresión, tomo 2, págs. 312/313), en tanto se trata de un proceso laboral que se encuentra en etapa de ejecución de sentencia, sin que se avizore ninguna causal de excepción para apartarse del principio contenido en la norma.

En igual sentido ha resuelto este Tribunal en autos “Incidente de Recurso de Queja en autos: R., T.O. c/D..

G.. de F.. Militares s/ Reclamos varios”, sent. del 2/09/2015, “Incidente de Recurso de Queja en autos: A., R. y otros c/ Ferr. G.. B. s/ Reclamos varios”, sent. del 2/09/2015, “Incidente de Recurso de Queja en autos: N., C. c/ Ferrocarriles Argentinos s/ Ley 18.345”, sent. del 23/10/2015, “Incidente de Recurso de Queja en autos: A., R. y otros c/ Ferrocarriles General Belgrano s/ Cobro de Pesos/ Sumas de Dinero”, sent.

del 19/11/2015; e “Incidente de Recurso de...

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