Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 3, 4 de Marzo de 2016, expediente CFP 002184/2015/1/RH001

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2016
EmisorSala 3

Sala III Causa Nº CFP 2184/2015/1/RH1 “U., S. y otros Cámara Federal de Casación Penal s/recurso de queja”

Registro nº: 120/16 Buenos Aires, 4 de marzo de 2016.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de esta ciudad, declaró mal concedido el recurso de apelación deducido por D.I.S., con el patrocinio letrado de la Dra. T.L.M., contra la desestimación de su denuncia, por inexistencia de delito, dispuesta por el instructor.

    La decisión de la Sala I fue impugnada por los nombrados. La denegatoria de la vía intentada, motivó la queja en estudio.

  2. ) La presentación directa, en examen, carece de la debida fundamentación, lo que obsta a su admisibilidad formal.

    Esto así, en la medida en que el impugnante omitió

    enunciaciones elementales tales como la relación concreta de los hechos relevantes de la causa, una adecuada referencia a los fundamentos del fallo recurrido y al auto denegatorio del recurso, que tampoco critica adecuadamente.

    En tal sentido, debe indicarse que la impugnación no ha sido acompañada con argumentos que le den sustento. El presentante ha limitado la expresión de sus agravios a formulaciones genéricas y confusas, que no vincula adecuadamente con los argumentos del Tribunal, a punto de que ni siquiera se entiende lo que pretende.

    En este orden de ideas, corresponde señalar que no se ha cumplido con el recaudo de autosuficiencia que debe contener el libelo recursivo para sortear el requisito de admisión. Ello así, pues tanto la casación como la queja –como su sucedáneo-

    tienen carácter autónomo y su sola lectura tiene que ser eficiente para la comprensión del caso, por lo cual es preciso que contenga un relato claro y concreto de las cuestiones que se quieren someter al Tribunal, carga que el recurrente no ha asumido adecuadamente.

    Por todo lo expuesto, se

    RESUELVE:

    Fecha de firma...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR