Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - SALA A, 30 de Junio de 2015, expediente FCB 054200036/2009/1/RH001

Fecha de Resolución30 de Junio de 2015
EmisorSALA A

Poder Judicial de la Nación AUTOS: “INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA EN AUTOS : SCHEFFER, F. c/

ANSES s/ EJECUCIÓN PREVISIONAL”

doba, 30 de Junio del año dos mil quince.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA EN AUTOS : SCHEFFER, F. c/ ANSES s/ EJECUCIÓN PREVISIONAL”

(Expte. N° 54200036/2009/1/RH1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de queja articulado por la parte demandada en contra de la providencia dictada por el señor Juez Subrogante del Juzgado Federal de Río Cuarto, en la que decidió, con fecha 9 de diciembre de 2014, “…atento a la limitación establecida por el art, 242 respecto al monto del proceso a tener en cuenta para que proceda la apelación intentada y teniendo presente que la cifra c0mprometida en el planteo es de $ 23.820, 02 y que la ley Nº 26536 dispuso sustituir el art. 242 del C.P.C.C. en su redacción en lo referente a que “serán inapelables las sentencias definitivas y las demás resoluciones cualquiera fuere su naturaleza, que se dicten en proceso en los que el monto cuestionado sea inferior a la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000)” circunstancia que ha sido merituada en numerosos antecedentes jurisprudenciales (CNCivil, S.H., 29/38/1996, JA. 1997, II, síntesis entre otros), y evaluado doctrinariamente (ver al respecto Santiago, A., “La apelación”.LA LEY,2004-B-350; S., Esteban-Font” LA LEY , 1991-D, 1315) y la Acordada Nº

16/2014 de la Corete Suprema de Justicia de la Nación de fecha 15/05/2014 elevó el monto fijado oportunamente en la suma de $ 50.000.- declárese la inapelabilidad del auto interlocutorio de fecha 20/10/2014 que obra a fs. 135/138. …” FDO: M.F.Z. – Juez Federal Subrogante”

Y CONSIDERANDO:

  1. En su presentación de fs. 53/56, el recurrente bajo el título de “Fundamento legal del recurso de queja” alega que la decisión impugnada con rigorismo formal vulnera el derecho de defensa en juicio ocasionado perjuicios patrimoniales, invocando además arbitrariedad. Cita jurisprudencia y concluye solicitando la concesión del recurso de apelación intentado por su parte.

  2. Ello así, corresponde poner de resalto que el escrito de interposición del recurso de queja tiene por objeto demostrar que la providencia que deniega la apelación deducida en primera instancia es errónea o contraria a derecho.

    Analizadas las presentes actuaciones conveniente es señalar que el art. 242 del C.P.C.CN., dispone que “El recurso de apelación, salvo disposición en contrario, procederá...

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