Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 2 de Junio de 2015, expediente COM 041063/2014/1

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 41063/2014/1/RH1 NAVE OMAR EDGARDO C/ SANTOS ALBERTO JOSE S/ EJECUTIVO S/ RECURSO DE QUEJA.

Buenos Aires, 2 de junio de 2015.

  1. El actor dedujo la presente queja (fs. 11/15) respecto de la decisión copiada en fs. 10, que denegó la apelación de fs. 9, interpuesta contra la resolución de fs. 7/8.

  2. Dado que el monto del agravio, constituido por la suma correspondiente a la tasa de justicia que debe abonarse en el expediente, asciende a $ 6105 (v. fs. 8:4° y 10:1°) y que ella es inferior al límite de mínimo de apelabilidad establecido por el art. 242 del Código Procesal ($

    50.000 según la Acordada 16/14 de la C.S.J.N.; conf. esta S., 9.10.14, “M. vons F. s/ pedido de quiebra por Obra Social de los Cortadores de la Indumentaria”), cabe concluir que la queja sub examine deviene inadmisible.

    Es que la ponderación de la apelabilidad en atención al monto objeto de impugnación es una solución adoptada por esta Sala desde la causa "Dycksztein" (del 15.8.83), que procura compadecerse con la ratio de la mencionada regla procesal, orientada a evitar la intervención de la Alzada en cuestiones cuantitativamente nimias.

    Ello, más allá de que sea compartido o no lo decidido por el anterior sentenciante, pues la apelabilidad depende exclusivamente del monto Fecha de firma: 02/06/2015 Firmado por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR