Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA I, 26 de Septiembre de 2014, expediente CNT 053096/2013/1/RH001

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2014
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA CAUSA N° 53096/2013 SALA IV “PELLEGRINO LEANDRO ARTURO C/ CEPAS ARGENTINAS S.A. S/ DESPIDO” JUZGADO N° 64.

Buenos Aires, 26 DE SEPTIEMBRE DE 2014 Vistos:

El recurso de hecho interpuesto por la parte demandada a fs.

39/42 ante la resolución adoptada en la instancia anterior que tras desestimar la revocatoria de fs. 35/37, respecto de lo resuelto en la audiencia de fs. 34 en torno de la prueba testimonial oportunamente ofrecida, resolvió también tener presente la apelación subsidiaria en los términos del artículo 110 ley 18.345.

Y Considerando 1) Que, cumplidos los recaudos del art. 283 CPCC, corresponde examinar la queja incoada.

2) Que el recurso de hecho deducido por la parte demandada resulta formalmente inadmisible toda vez que el Sr. Juez “a quo” no denegó la apelación interpuesta respecto de lo resuelto en la audiencia del día 10/07/2014 en cuanto dio por decaído el derecho del peticionante a producir la prueba testimonial de la que intentaba valerse (fs. 34), sino que le dio el trámite previsto por el art. 110 de la ley 18.345, vale decir, la mantuvo presente.

3) Que tal como ha sostenido esta S. en numerosas oportunidades el citado art. 110 de la ley adjetiva expresamente establece que las apelaciones interpuestas contra resoluciones dictadas con anterioridad a la sentencia se deben tener presentes con efecto diferido hasta el momento en que se haya puesto fin al proceso de conocimiento con la sentencia definitiva y sólo admite como excepción el supuesto del art. 146 LO –lanzamiento durante el juicio ordinario- y en el caso de medidas cautelares. Es cierto que la jurisprudencia, con criterio que se comparte, ha admitido excepcionalmente en algunos supuestos específicos y a fin de evitar un dispendio jurisdiccional, la concesión del recurso con efecto inmediato (ver, entre otros, SI 49.034 del 27/04/2012 M.C.O. c/ Consorcio de Propietarios del Edificio Piedras 605 Fecha de firma: 26/09/2014 Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR