Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 12 de Febrero de 2015, expediente CAF 075039/2014/1/RH001

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Expte. Nº 75039/2014/1/RH1 incidente de recurso de queja en autos “D’ALESSANDRO, M.L. Y OTRO c/ EN-PROCURACION GENERAL DE LA NACION s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA Buenos Aires, 12 de febrero de 2015.

VISTOS y CONSIDERANDO:

  1. Que la parte demandada dedujo recurso de queja contra la providencia dictada el 30 de enero de 2015, que atribuyó efecto devolutivo al recurso de apelación interpuesto contra el pronunciamiento que, a su vez, había admitido la medida precautoria requerida por la actora (fs. 2/7).

  2. Que el art. 13, inc. 3º, de la ley 26.854 impone la concesión con efecto suspensivo del recurso de apelación contra una medida cautelar que suspenda los efectos de una disposición legal o de un reglamento del mismo rango jerárquico, carácter que liminarmente no corresponde atribuir a los actos cuya suspensión precautoria fue solicitada en autos (esta sala, expte.

22.285/2013, “EN Mº Economía y FP – RQU IV (autos 43705/12 “Rombico”)

s/ queja”, res. del 30/7/13; entre muchos otros).

Sobre dicha base, de acuerdo con el art. 18 de la ley 26.854, corresponde aplicar el criterio que surge del art. 198 del CPCC, el cual impone la concesión del recurso de apelación en efecto devolutivo, en caso de admitirse la medida cautelar (arg. Sala I, Autocompensación S.A.

c/ENCOTEL...

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