Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 27 de Junio de 2017, expediente FMZ 052033433/2011/1/1/RH001

Fecha de Resolución27 de Junio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B 52033433/2011 Recurso Queja Nº 1 - c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN JUAN s/ORDINARIO Mendoza, 27 de Junio de 2017.-

Y VISTOS:

Los presentes autos Nº FMZ 52033433/2011/1/1/RH1, caratulados “INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA EN AUTOS RUDOLPH, C.G. Y OTRO c/ U.N.S.J. Y OTROS”, venidos a esta sala “B” para resolver el recurso de queja interpuesto a fs. sub. 1/4 por el representante de la Universidad Nacional de San Juan, contra la resolución de fs. sub. 326/327 y vta. de fecha 28 de abril de 2014, en la cual se rechaza el recurso de reposición interpuesto y se deniega la apelación en subsidio.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. sub. 1/4 se presenta el representante de la UNSJ, expresando los agravios que le causa la denegación del recurso de apelación contra el resolutivo que ordena elevar estas actuaciones –incidente de depósito judicial de bienes- ante esta Cámara Federal.-

    La UNSJ en sus agravios hace una interpretación del decreto de fs. sub. 260 y sostiene que si el J. inferior hubiere aceptado que el incidente fuera elevado a la Cámara Federal de Mendoza para ser tratado juntamente con el principal, lo hubiera acogido en forma directa, mediante la emisión del decreto correspondiente.

  2. El aquo resuelve como lo hace con el fundamento de que a fs. sub. 260, se proveyó: “… ocurra el peticionante por ante la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza”, decreto que afirma que quedó firme.-

    Agrega que, recién cuando se ordena expresamente la elevación en la providencia de fecha 18/10/2012 la demandada interponer recurso de apelación, estando aquél firme y agregando que la negativa de éste no le causa al recurrente un gravamen irreparable.

    Fecha de firma: 27/06/2017 Alta en sistema: 03/07/2017 Firmado por: R.N. -R.A.F., Jueces Subrogantes de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: G.L.T., Secretaria de Cámara #19696831#182380097#20170627085345456

  3. A fin de entender lo resuelto por el aquo y si el rechazo de la apelación fue ajustada a derecho, expondré los hechos vinculados al presente incidente de depósito de documentación.

    Es que, la UNSJ efectúa mediante el presente incidente un depósito judicial de bienes tenidos en su poder, pertenecientes a los Ing. J.M. y C.R., quienes a su vez han iniciado acciones por daños y perjuicios contra la UNSJ por los perjuicios vinculados a la retención de diez cajas con documentación, que ahora pretende restituir...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR