Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 19 de Junio de 2018, expediente CPE 000546/2017

Fecha de Resolución19 de Junio de 2018
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación R.D.K. SOBRE RECURSO DIRECTO. CAUSA N° CPE 546/2017/CA1. ORDEN N° 27.605.

SALA “B”.

Buenos Aires, de junio de 2018.

VISTO:

El recurso extraordinario interpuesto por el defensor de R.D.K.

a fs. 164/179 de estas actuaciones contra la resolución de fs. 105/111 vta. del mismo legajo (CPE 546/2017/CA1, res. del 14/11/17, Reg. Interno N°.779/17, de esta Sala “B”), por la cual este Tribunal confirmó el pronunciamiento dictado por el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros de la A.F.I.P.-D.G.A., en cuanto fue materia de recurso.

Y CONSIDERANDO:

Que, la resolución de fs. 105/111 vta. de este legajo, fue notificada a la defensa de R.D.K. el día 15 de noviembre de 2017 (confr. fs.

112 de estas actuaciones y las constancias obrantes en el sistema informático LEX 100 correspondientes a este expediente) y el recurso extraordinario interpuesto por aquél fue presentado el día 27 de abril de 2018, a las 12:50 hs. (confr. fs. 179 de estas actuaciones); por lo tanto, el plazo previsto por el art. 257 del C.P.C. y C.N. y el establecido por el art. 124 de aquel mismo cuerpo legal se encontraban holgadamente vencidos al momento de aquella presentación. En consecuencia, el recurso extraordinario interpuesto es extemporáneo.

Por ello, SE

RESUELVE:

  1. DENEGAR, por extemporáneo, el recurso extraordinario interpuesto a fs. 164/179 de estas actuaciones.

  2. CON COSTAS (arts. 68 y 69 del C.P.C. y C.N.).

Fecha de firma: 19/06/2018 Alta en sistema: 25/06/2018 Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L.B., PROSECRETARIA DE CÁMARA...

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