LA RECTORA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. S/LIQUIDACION S/INCIDENTE DE LLAMADO DE MEJORA DE OFER

Fecha de disposición22 Noviembre 2012
Fecha de publicación22 Noviembre 2012
SecciónCuarta Sección - Judiciales

EDICTO: Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial Nº 1, Secretaría Nº 1, sito en Diagonal Roque Saenz Peña 1211, Piso 5º, C.A.B.A., comunica por 1 día en autos “LA RECTORA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. S/LIQUIDACION S/INCIDENTE DE LLAMADO DE MEJORA DE OFERTA (FRACCION DE CAMPO DE ZARATE)” expte. Nº 101.065, que se ha dispuesto reanudar el acto de llamado de mejora de oferta que fuera suspendido con fecha 28 de octubre de 2011, y designar el día 7 de Diciembre de 2012, a las 10.30 hs. como fecha para su continuación, llevándose a cabo en la sala de audiencias del Juzgado sita en el piso 6º del edificio del fuero sito en Diag. Roque Sáenz Peña 1211, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tomando como base para la puja la suma de Pesos Cinco Millones Setenta Mil ($ 5.070.000-), respecto del 100% del bien inmueble sito en Fracción de Terreno ubicado en el partido de Zárate que cuenta con una superficie de 130 Ha. 79 As. 82 Ca. (Datos Catastrales: Circ. IV, Sección Rural – Parcela 489-d – Partida 37974 – Matrícula: 8256). El procedimiento se ajustará a las siguientes pautas: a) que en esta audiencia de reanudación podrán participar aquellos oferentes que no hayan retirados sus ofertas hasta el día de la fecha, incluyéndose a la firma BIOMADERO S.A. como oferente. b) que se encuentra prohibida la compra en comisión y la cesión de la adjudicación y boleto que se extienda. c) que durante el desarrollo de la audiencia todos los oferentes tendrán derecho a mejorar sus ofertas, inclusive la oferente cuya propuesta se adopta como base para disponer este procedimiento. En dicho acto, se asentarán las mejoras que se fueran expresando, en forma ilimitada, imponiéndose como única condición que cada una represente un incremento del 5% en relación a la anterior. La adjudicación recaerá sobre la oferta más alta, labrándose el acta respectiva por Secretaría y se dictará resolución fundada dentro de los cinco días. d) que el saldo de precio deberá depositarse en la cuenta de autos abierta a tal fin y a la orden de S.S. dentro de los cinco días de resuelta la adjudicación y notificada la misma al interesado. En caso de incumplimiento del oferente sin intimación previa, se lo declarará postor remiso con las responsabilidades establecidas por el art. 584 Cód. Proc. e) que en caso de corresponder el pago del IVA por la presente compraventa el mismo no se encuentra incluido en el precio de venta y deberá ser solventado...

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