Recruiters & Trainers S.A. S/ Quiebra

Fecha de disposición03 Abril 2008
Fecha de publicación03 Abril 2008
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31376

a) la fallida deberá entregar al síndico en el término de 24 horas sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad.

b) se ordena a la fallida y terceros que entreguen al síndico los bienes de aquella que se encuentren en su poder c) la fallida deberá de abstenerse de salir del país sin autorización previa del Tribunal. Prohíbese hacer pagos a la fallida los que en su caso serán considerados ineficaces. Intímase a la fallida a que dentro del término de 48 horas, constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del tribunal.

Dado, sellado y firmado en Buenos Aires, a los 18 de marzo de 2008.

Silvina D. M. Vanoli, secretaria.

e. 28/03/2008 Nº 574.093 v. 04/04/2008 El Juzgado en lo comercial Nº 17, a cargo del Dr. Fernando Saravia, Secretaría Nº 34 a cargo de la Dra. Silvina D. M.Vanoli, sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840 3º piso, hace saber por cinco días que se ha decretado la quiebra de la SUCESION DE AGUILAR ENRIQUE (DNI Nº 0.398.580) con fecha 4 de marzo de 2008. El síndico titular interviniente es el contador Nestor Del Potro con domicilio en la calle Paraná 552 7º '71', Cap. Fed., Tel. 5277-9151 / 5276-8784. Los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos ante el síndico, hasta el día 6 de mayo de 2008.- Fíjanse los días 17 de junio de 2008 y 13 de agosto de 2008, para que el síndico titular presente los informes previstos por los arts.

35 y 39 de la ley 24.522, respectivamente.- Hácese saber que: a) la fallida deberá entregar al síndico en el término de 24 horas sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. b) se ordena a la fallida y terceros que entreguen al síndico los bienes de aquella que se encuentren en su poder c) la fallida deberá de abstenerse de salir del país sin autorización previa del Tribunal. Prohíbese hacer pagos a la fallida los que en su caso serán considerados ineficaces. Intímase a la fallida a que dentro del término de 48 horas, constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los Estrados del tribunal.

Dado, sellado y firmado en Buenos Aires, a los 12 de marzo de 2008.

Silvina D. M. Vanoli, secretaria.

e. 28/03/2008 Nº 574.090 v. 04/04/2008 N° 18

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n° 18, Secretaría nro. 35, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 3° Piso de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber por cinco días que con fecha 29 de febrero de 2008 se resolvió decretar la quiebra de GEN SISTEMAS MEDICOS SRL,

CUIT N° 33-70818857-9; haciéndose saber a los acreedores que el síndico Diana Panitch con domicilio en Av. Corrientes 1250, 6° piso 'F' de esta Ciudad recepcionará hasta el día 15 de mayo de 2008 sus solicitudes de verificación y los títulos justificativos de sus créditos. El informe individual previsto por el art. 35 L.C.Q. deberá presentarse el día 27 de junio de 2008 y el informe general del art. 39 L.C.Q. el día 26 de agosto de 2008. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que entregue sus bienes al síndico; cumpla los requisitos a que se refiere el art. 89 de la ley de concursos;

entregue al síndico dentro de las 24:00 hs. sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; y constituya domicilio procesal en esta ciudad dentro de las 48:00 hs., bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado. Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR