El récord de Alberto y el blindaje de los DNU

Alberto Fernández pasará a la historia como el presidente que más cantidad de decretos de contenido legislativo ha dictado por año. Hasta acá lleva 171, de los cuales 118 son DNU, 46 de legislación delegada y 7 de promulgación parcial. Tales son las tres variantes por las cuales el Poder Ejecutivo legisla en "envase" de decreto.

Si computamos solo los DNU, Fernández ha dictado casi 60 por año. Si tomamos todo el paquete de decretos con contenido legislativo, son 86 por año. Se lleva este gobierno el triste récord de ser el que más atribuciones del Congreso de la Nación ha arrebatado desde que irrumpieron en la escena política estos decretos.

Aunque sea una obviedad hay que decirlo: la atribución de legislar es del Congreso, no del Poder Ejecutivo. No podemos correr el riesgo de naturalizar que el presidente legisle por decreto. No podemos seguir hablando de restricciones impuestas por DNU como si fuera algo sacrosanto.

Es cierto que la Constitución reformada en 1994 le ha reconocido esa atribución. Pero concebida como excepcional y solo para conjurar situaciones urgentes, cuando no es posible seguir el trámite ordinario previsto para la aprobación de las leyes.

La exorbitancia de 171 decretos legislativos dictados en menos de dos años y el hecho de que la semana pasada la Comisión Bicameral de Trámite Parlamentario haya tratado nada menos que 116 de ellos (70 DNU, 39 de legislación delegada y 7 de promulgación parcial), luego de estar clausurada por meses, es la evidencia de que la regla de este gobierno ha sido la de legislar por decreto .

La tergiversación es tal que la semana pasada, al mismo tiempo que la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados trataba el proyecto de ley de prórroga de la ley de propiedad comunitaria de pueblos originarios con media sanción del Senado, el gobierno dispuso esa prórroga mediante el DNU 805/21. No hay prueba más evidente de que no existía ninguna imposibilidad de seguir el trámite ordinario que prevé la Constitución para sancionar una ley que el hecho de estar tratando esa misma ley en comisión. Fue una burla y una afrenta a la Constitución, al Congreso y a la sociedad, que ha ratificado en las elecciones del 14 de noviembre que quiere vivir en un estado de derecho que, entre otras cosas, supone división de poderes y la imposibilidad de que se legisle desde el Poder Ejecutivo.

Lejos de ser el art. 99 inc. 3 de la Constitución una habilitación para dictar DNU a mansalva, esa misma...

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