Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 30 de Agosto de 2021, expediente CNT 040384/2017/CA002

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

- SALA VII

CAUSA Nº 40384/2017

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 56732

CAUSA Nº 40.384/2017 – SALA VII – JUZGADO Nº 67

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 30 días del mes de agosto de 2021, para dictar sentencia en los autos: “REARTES, G.I. C/

SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA G.L.C. DIJO:

  1. El pronunciamiento de grado, que hizo lugar parcialmente a la demanda incoada, viene apelado por el accionante, a tenor del memorial glosado en forma digital, que mereciera réplica de la contraria, agregada digitalmente.

    El actor cuestiona el porcentaje de disminución física, la desestimación del porcentaje de incapacidad psicológica y el modo de calcular los factores de ponderación.

    La representación letrada del pretensor, recurre los honorarios fijados a su favor, por considerarlos reducidos.

  2. Liminarmente, daré tratamiento a los agravios deducidos por el único apelante.

    Así me abocaré al referido a la minoración del porcentaje de incapacidad física. Adelanto que no le asiste razón.

    En efecto, el reproche introducido por el pretensor, no constituye una crítica concreta y razonada del segmento del fallo de origen que intenta cuestionar, pues solo se limita a demostrar disconformidad con la sentencia,

    sin hacerse cargo de lo decidido por el magistrado al decidir un porcentaje de minoración física disímil al determinado por el galeno; por lo que corresponde desechar sin más el agravio en este aspecto y confirmar la sentencia de grado. (art. 116 de la L.O.).

  3. En relación a la incapacidad psicológica, le asiste parcialmente razón.

    Hago esta afirmación porque tal como surge del informe médico obrante a fs. 141/149 el peritado presenta nivel físico: limitación funcional de los movimientos del tobillo izquierdo, lo cual le provoca la imposibilidad de agacharse, ni permanecer en cuclillas, correr ni practicar deportes. Además,

    presenta inestabilidad de este miembro.

    En cuanto a la rodilla derecha, el menisco externo, en cuerno posterior se presenta con cambios de señal compatible con signos de injuria meniscal grado I con incremento de líquido intra-articular; en tanto que el pie izquierdo Fecha de firma: 30/08/2021

    Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.B.Q., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: B.E.F., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

    - SALA VII

    CAUSA Nº 40384/2017

    posee líquido a nivel de la mortaja tibio-peroneo-astragalina, por lo que este líquido afecta el tendón flexor propio del hallux y tendón tibial posterior, como así también en la articulación metatarsofalángica del primer dedo.

    Conforme estas situaciones físicas, el Sr. R., que reitero, le provocan limitación funcional de los movimientos del tobillo izquierdo, que origina la imposibilidad de agacharse, ni permanecer en cuclillas, correr ni practicar deportes e inestabilidad; le genera escasa confianza en sí mismo,

    preocupación inmensa acerca del futuro laboral, económico y personal.

    Además, se advierte que no tiene buenas defensas como un reducido caudal y fortaleza coherente a su edad, a su madurez y su desenvolvimiento tanto para el deporte como para la vida y el...

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