Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 19 de Agosto de 2010, expediente 7.450/2008

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2010

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario”

CAUSA 7450/2008 -S.

I- “REALE ALDO HORACIO Y OTROS C/ ESTADO NACIONAL

Y OTRO S/ PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA”

Juzgado n° 7

Secretaría n° 14

Buenos Aires, 19 de agosto de 2010.

Y VISTO:

Estos autos para resolver acerca de la admisibilidad de los recursos extraordinarios interpuestos por Telefónica de Argentina S.A. a fs. 252/257, cuyo traslado fuera contestado por la parte actora a fs. 263/266, contra la resolución de fs. 243/244; y CONSIDERANDO:

  1. - La resolución de fs. 218 hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por Telefónica de Argentina S.A. y el Estado Nacional Ministerio de Economía, con costas.

    Apelada la decisión, esta Sala la confirmó en cuanto admitió la excepción de prescripción opuesta por la demandada Estado Nacional. Respecto de la prescripción opuesta por Telefónica de Argentina S.A., la revocó en cuanto declaró prescripta la acción de A.H.R., O.A.J. y C.B.V.; y se difirió su tratamiento respecto de los señores J.A.C. y S.I.A. para el momento del dictado de la sentencia definitiva. Las costas de ambas instancias las distribuyó en el orden causado (art. 68

    y 69 del CPCC).

    2- Contra esa resolución Telefónica de Argentina S.A. interpuso recurso extraordinario.

    Telefónica de Argentina S.A. adujo que el decisorio contradice la letra y el espíritu de la ley 23.696 y del decreto 395/92, así como también lesiona el principio de congruencia y los derechos y garantías consagrados en los arts. 16, 17 y 18 de la Constitución Nacional.

  2. - Tal como se advierte de la resolución cuestionada, en el sub...

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