Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 14 de Diciembre de 2016, expediente CIV 060342/2003

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala M

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 60342/2003 REA, P.E. Y OTROS c/ F.W.R. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN.

C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, 14 de diciembre de 2016 fs.1198 AUTOS Y VISTOS:

  1. Cabe señalar que la providencia dictada a fojas 1195 es manifiestamente clara, por cuanto se tuvo por desistida a la citada en garantía del recurso extraordinario oportunamente deducido sin expresa imposición de costas, ya que aquella petición fue realizada con anterioridad a que se notificara del acuse de caducidad de fojas 1193.

    Ello, es así debido a que las costas como instituto de neto carácter procesal, prescinde de la idea de culpa, sanción y aún de riesgo (cfr. Morello-Sosa-Berizonce, “Códigos Procesales…..”, comentado y anotado, t. II-B, pág.58).

    Y dado que habrán de imponerse en función del resultado del proceso con algunas atenuaciones, se concluye que se imponen al vencido en el pleito o en la incidencia; atribuyendo a las mismas el carácter de indemnización para resarcir las expensas que han debido realizarse a fin de conseguir el reconocimiento de un derecho o de su pretensión jurídica (cfr. obra citada, pág.59).

  2. En consecuencia, dado que en la especie no hubo vencedor ni vencido, es que no corresponde la imposición de...

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