Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 29 de Octubre de 2008, expediente Ac 105028

PresidenteGenoud-Kogan-de Lázzari-Soria
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2008
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 105.028 "R.A., P. c/P., H.D.. Alimentos provisorios para cónyuge e hijas".

//Plata, 29 de Octubre de 2008.

AUTOS Y VISTO:

  1. El Tribunal de Familia nº 1 de San Isidro decretó la prestación de alimentos provisorios que deberá pagar H.D.P. a su cónyuge e hijas y fijó los mismos en la suma de $ 2000 para las menores y la de $ 500 para P.S.R.A., importe que deberá abonar el demandado mientras dure la sustanciación del proceso (fs. 324 y vta.).

    Contra dicho pronunciamiento -en lo que aquí corresponde destacar- el accionado interpuso recurso de inaplicabilidad de ley (fs. 327/330 vta.), el que fue concedido (fs. 331 y vta.).

  2. Al respecto, cabe señalar que los remedios extraordinarios son admisibles únicamente respecto de las sentencias definitivas, es decir, aquéllas que, recayendo sobre el asunto principal objeto del litigio o sobre un artículo, producen el efecto de finalizar la litis haciendo imposible su continuación (conf. doct. Ac. 90.589, 16-II- 2005; Ac. 88.767, 1-II-2006; Ac. 93.056, 22-III-2006; Ac. 98.455, 21-XI-2007; Ac. 103.268...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR