POR RAQUEL ALICIA MUSITANO

Fecha14 Febrero 2023
Número de registro493247
EmisorJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial 10ª Nominación de Rosario Secretaria del autorizante se dispone en autos MEDINA ANALIA-Quiebra; Expte. Nº 434/2005, que la Martillera Raquel Musitano C.U.I.T. N° 27-05088250-6 venda en pública subasta, el 14 de Febrero del año 2023, a las 12:30 horas, o el día hábil siguiente de resultar inhábil o feriado el propuesto, en el Colegio de Martilleros calle Moreno 1546 de Rosario. A los fines de evitar eventuales incidencias se deja sentado que se remata el 50% del inmueble, las condiciones de subasta de inmueble en cuestión son las siguientes: El inmueble sale por la Base establecida por la martillera de $ 3.500.000 siendo la última base de $ 2.600.000. El 50% del inmueble sito en calle Luis A. Vila n° 1739 de Rosario, inscripto en la matrícula N° 1627734. Descripción del inmueble: Ubicado en calle Luis Vila 1.739, de Rosario, entre calles Paviov y Rauch. Lote 20. Manz. 27. Superficie total 219,02 mts.2. Plano 89.675/50 -ubicado a los 16,10 ms. De calle Paviov hacia el Este. Mide 9 Mts. De frente al Norte, por 24,34 mts. De fondo. Lindando por su frente al Norte, con calle Luis Vila, al Sur, con lote 2, al Este, con el Lote 19, y al Oeste, con el lote 1, saldrá a la venta ocupado, según constataciones realizadas.

Impuestos, tasas, contribuciones (I.V.A. y gastos centrales, correspondiere) serán a cargo del adquirente, como así también todos los gastos e impuestos que implique la transferencia del dominio a favor del adquirente. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y el diario El forense por el término de ley. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación A 5147 del B.C.R.A por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, la cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.), como asimismo la comunicación al AFIP si no se cumplimentase la...

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