Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 12 de Octubre de 2021, expediente CAF 011686/2017/CA001

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2021
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la N.ión CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2

Sentencia Definitiva Expediente Nº 11686/2017

AUTOS: RANDAZZO, V.H. c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y

PENSIONES DE LA PFA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS

FFAA Y DE SEG

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los, , reunida la S. Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos, se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR W.F.C. DIJO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de grado que rechazó la demanda tendiente a que se le reconozcan al actor -Sr. R.V.H.-

los tres grados de ascenso inmediato superior con forme los beneficios previstos por las leyes 16.443 y 20.774, establecidas para el personal herido y discapacitado en ocasión y por acto de servicio.

Para así decidir, la magistrada a quo consideró que los hechos relatados por el reclamante ocurridos en el año 1969 no encuadran en las previsiones de las leyes 16443 y 20774, las cuales exigen el retiro del agente a los fines de obtener una indemnización “ante la pérdida de expectativas en la carrera que le ocasiona la obligatoriedad del pase a esa situación de revista (conf. Res. Administrativa de la Policía Federal en EXPPFA

N°S02:0000975/2012).

Del propio relato efectuado por el actor en el escrito de “inicia demanda” surge que el 21 de noviembre de 1969 participó como Oficial Ayudante a cargo de la Brigada de Servicios Externo de la Comisaría 10° en donde procedió a allanar un inmueble ocupado por delincuentes, lo que origina un fuerte tiroteo y al ingresar al frente de sus hombres al lugar en medio de una traba de lucha personal recibe un balazo en el brazo izquierdo y la mano del mismo lado y, al estallar las ventanas por los disparos sufre graves cortes en el mismo brazo y mano, además de perder una pieza dental. De este modo, se produce el corte del tendón del dedo meñique y lesiones en el dedo anular de la mano izquierda y otros daños que persisten en la actualidad. Sus lesiones fueron curadas en el Hospital del Quemado por encontrarse próximo en términos de distancia, y luego es trasladado el Hospital Churruca en donde brindaron su atención hasta el día del alta.

Más adelante, ante el eventual suceso, lo colocan en situación de disponibilidad de la Jefatura de la Policía Federal con servicios aliviados, durante el plazo de 1 año. En los próximos meses se le informa en la Junta Médica que debía cesar su situación de disponibilidad y optar por retornar al servicio activo o pasar a situación de retiro obligatorio. No queriendo renunciar a tan temprana edad (28 años) a su carrera y expectativas decide continuar en...

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