Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - Sala I, 3 de Febrero de 2009, expediente 65.486

Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2009
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación Expediente nro. 65.486 Sala I Sec. 1

Bahía Blanca, 03 de febrero de 2009.

VISTO: Este expediente nro. 65.486, caratulado: "RAMOS, JUAN

CARLOS c/Solicita regulación de honorarios Conjuez de Cámara en c. nro.: 57.665 `MELONI, ... s/excepción de prescripción de la acción (ppal. S., ...)'"; y CONSIDERANDO:

1ro.) Que el Dr. J.C.R. solicita que se regulen sus honorarios, por la actuación cumplida como C. de esta Cámara, en el expediente nro. 57.665: "MELONI, J.E. s/excepción de prescripción de la acción (ppal. SEGATORI, ...)" (f. 2 y vta.).

2do.) Que la Acordada nº 03/2003 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de fecha 3 de abril de 2003,

dispuso en materia de regulación de honorarios de Conjueces, que en USO OFICIAL

los casos de suscripción de interlocutorias, debe estimarse una suma que no supere los cinco (5) días de sueldo que percibe el Magistrado reemplazado (Acordada cit: 4) (cf. c. 58.780, "Dr. J.M.R...."

del 29/4/2003, entre otras); lo que es el supuesto del...

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