Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 6 de Diciembre de 2021, expediente CIV 023616/2014/CA003

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2021
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

23616/2014

RAMON, D.M. c/ EXPRESO ARSENO SOCIEDAD DE

RESPONSABILIDAD LTDA Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN.

C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, de diciembre de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

El expediente electrónico fue remitido a esta sala para tratar la apelación deducida por considerar altos los honorarios regulados el 24 de agosto del año en curso.

A tal efecto se tendrán en cuenta las tareas desarrolladas por el profesional interviniente, relacionadas con la percepción de sus honorarios, que no fueron actuaciones propias de la ejecución de sentencia. En consecuencia, no resultan de aplicación las pautas contenidas en el artículo 41. No obstante, se considerará la labor de acuerdo a las restantes disposiciones que surgen de los arts. 1, 3, 15, 16, 19, 51, 54, 58 y c.c. de la ley 27.423.

Por lo tanto, los honorarios regulados al Dr. M.N.D.P. resultan altos, razón por la cual se reducen a la cantidad de 0,40 UMA, equivalente a $ 2.500.

La equivalencia de la unidad de medida arancelaria (UMA) que se expresó es la establecida en la Ac. 21/2021 CSJN.

R., notifíquese por secretaría y devuélvase.

Se deja constancia de que la vocalía n°37 se encuentra vacante.

M.I.B. GUILLERMO D. GONZÁLEZ ZURRO

Fecha de firma: 06/12/2021

Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.G.Z., JUEZ DE CAMARA

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