Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 25 de Noviembre de 2019, expediente CSS 004990/2009/CA001

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 EXPEDIENTE NRO: 4990/2009 AUTOS: “RAMIREZ DIONISIO c/ CAJA RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POL FED s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”

Buenos Aires, VISTO:

El recurso extraordinario interpuesto por la demandada a fs. 83/95, contra la sentencia obrante a fs. 81, y CONSIDERANDO:

Que si bien es cierto que los agravios y planteos del apelante remiten al examen de normas de naturaleza federal como son la ley 21965 y el decretos 2744/93, 1255/05, 1262/09, entre otros y que por dicha razón –en principio- correspondería conceder el remedio intentado, no lo es menos que el pronunciamiento apelado encontraría respaldo en la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que estableció en el caso “S., P.A. y otros c/ Estado Nacional –Ministerio de Defensa s/ amparo” de fecha 15 de marzo de 2011 y “O., J.H. y otros c/ EN - M_. Justicia Seguridad y DDHH - PFA - dto.

2133/91 s/ personal militar y civil de las. FFAA y de seg.”, de fecha 05 de octubre de 2010, en virtud de la cual ese tribunal determinó la interpretación y alcances de dichas normas y sus modificatorias.

Que a mayor abundamiento cabe agregar, que la doctrina de la arbitrariedad no se propone convertir a la Corte Suprema en un tercer tribunal de las instancias ordinarias, ni corregir fallos que se reputen equivocados, sino que tiende a cubrir casos de carácter excepcional en los que las deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo, impiden considerar al decisorio como la sentencia “fundada en ley” a que aluden los arts. 17 y 18 de la Ley Suprema (Fallos 326:613). En el caso, la...

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