Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala C, 28 de Septiembre de 2009, expediente 10.574

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2009
EmisorSala C

CAUSA N1 10574

ARAMÍREZ, Á.O. s/ recurso de casación@

Cámara Nacional de Casación Penal Sala IIIa. C.N.C.P.

REG. N1 1344/09

n la Ciudad de Buenos Aires, a los 28 días del mes de septiembre de dos mil nueve, se reúnen los miembros de la Sala Tercera de la Cámara Nacional de Casación Penal doctores E.R.R., A.E.L. y L.E.C., bajo la presidencia del primero de los nombrados, asistidos por la Prosecretaria de Cámara, doctora M.J.M., con el objeto de dictar °

sentencia en la causa n° 10574 del registro de esta Sala, caratulada ARAMÍREZ,

Á.O. s/recurso de casación@. Representa al Ministerio Público el señor F. General doctor P.N.; y ejerce la defensa del nombrado V., el señor Defensor Público Oficial, doctor G.L..

Efectuado el sorteo para que los señores jueces emitan su voto,

resultó que debía observarse el siguiente orden: doctor E.R.R.,

doctora A.E.L. y doctora L.E.C..

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

El señor juez doctor E.R.R. dijo:

PRIMERO
  1. Llega la causa a conocimiento de esta Alzada a raíz del recurso de casación interpuesto in pauperis a fs. 283 vta. por el imputado R., y fundamentado a fs. 286/vta. por el señor Defensor Oficial ante el Tribunal Oral Criminal Federal de Mar del Plata, doctor A.J.C., contra lo resuelto a fs. 282 por el señor Juez del Tribunal Oral a cargo de la ejecución penal,

    en cuanto no hizo lugar a la ampliación del régimen de visita con custodia solicitada por el condenado Á.O.R..

  2. El impugnante manifestó que la referida solicitud A... tiende a evitar la extensión de los efectos negativos de la pena al núcleo familiar de R., conforme los principios de trascendencia mínima y de humanidad, ya que, si bien los efectos negativos del injusto se propagan en modo inevitable a su −1−

    entorno, el Estado de Derecho exige que dicha proyección se minimice de manera de garantizar que la pena no exceda de la persona del delincuente.@; y que lo manifestado A... se funda en las circunstancias particulares de este caso, ya que,

    conforme se encuentra acreditado en este incidente, la madre de R. a raíz de los graves problemas de salud, se encuentra imposibilitada de trasladarse por sus propios medios a la unidad penal en la que su hijo se encuentra actualmente detenido, razón por la cual el vínculo paterno filial se ve cercenado.@.

    Por lo expuesto, A... entiende necesario, a seis años de la imposición de la pena, morigerar las restricciones de R., permitiendo una ampliación en la salida a fin de afianzar los lazos...

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