Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 13 de Abril de 2018, expediente CSS 056608/2009/CA001

Fecha de Resolución13 de Abril de 2018
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1MFM Expte nº: 56608/2009 Autos: “R.H. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

J.F.S.S. Nº 5 Sentencia Definitiva del Expte. Nº 56608/2009 Buenos Aires, AUTOS Y VISTOS:

  1. Llegan los presentes actuados a este Tribunal a fin de resolver los recursos de apelación interpuestos por la parte demandada y por el representante del Ministerio Público Fiscal, contra el decisorio de la Sra. Juez a cargo del Juzgado Federal de Seguridad Social n° 5.

    La Sra. Fiscal General cuestiona la declaración de inconstitucionalidad del art.

    21 de la ley 24.463 y la imposición de costas a la demandada y la tasa de interés aplicada.

    La parte demandada cuestiona la declaración de inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463. Además cuestiona la aplicación de la tasa activa y la imposición de las costas en el orden causado.

  2. Surge de las actuaciones administrativas que la parte actora obtuvo el beneficio de jubilación al amparo de la ley 23.568.

  3. En materia de costas, corresponde la aplicación del art. 21 de la ley 24.463, que dispone que en todos los casos las mismas sean por su orden, no constituyendo dicha norma, violación alguna a garantías amparadas constitucionalmente. En idéntico sentido se ha expedido la Corte Suprema de Justicia en autos “Flagello, V. c/ ANSeS s/ interrupción de prescripción” de fecha 20 de agosto de 2008.

  4. Con respecto a la tasa de interés corresponde ordenar la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (Conf.

    art. 10, D.. 941/91; C.S.J.N. L. 44 XXIV "L.A.M. c/Explotación Pesquera de la Patagonia S.A.", sentencia del 10/6/92; y "Banco Sudameris c/Belcam S.A. y otro", sentencia del 17/5/94; “Spitale, J.E. c/ANSES s/Impugnación de resolución administrativa” CSJN sent. del 17/9/04; y "Fallos" 303:1769; 311:1644, entre otros).

  5. Respecto del agravio vertido sobre el art. 9 de la ley 24.463, atendiendo a los fundamentos establecidos por el Alto Tribunal en el precedente “A.C., L.A. c/INPS s/reajustes por movilidad” sent. del 19-08-99, deberá analizarse la declaración de inconstitucionalidad de dicha norma, para el caso que, de la comparación de la actualización del haber previsional con la aplicación del mencionado tope con el haber redeterminado sin el mismo, resulten diferencias mayores al 15%, hecho que se deberá corroborar en el momento de efectuarse la liquidación definitiva, (cfr. “D.A.S., A. c/ INPS Caja Nacional de...

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