Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala B, 3 de Marzo de 2021, expediente CIV 076857/2017/CA001

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2021
EmisorCamara Civil - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B

76857/2017

RABAGLIA, R.L. c/ SUCESORES DE PRIETO ,

PEDRO s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA

Buenos Aires, de marzo de 2021.-

Autos y vistos:

Contra la providencia de fecha 6 de noviembre de 2020, que determina la suspensión de los plazos procesales hasta tanto se abra el sucesorio del demandado y, en su caso, sea reputado vacante,

designándose un curador a los bienes para que tome intervención en autos, interpone recurso de apelación la parte actora, en subsidio de la revocatoria que le fuera desestimada. Los agravios fueron respondidos por la Procuración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

En el presente proceso se procedió de conformidad con el art.

145 del CPCCN, “… procederá la notificación por edictos cuando se tratare de personas inciertas o cuyo domicilio se ignore. En este último caso, la parte deberá manifestar bajo juramento que ha realizado sin éxito las gestiones tendientes a conocer el domicilio de la persona a quien se deba notificar.”

Justamente la notificación efectuada buscaba poner en conocimiento del proceso, y entablar el contradictorio, con personas inciertas, los sucesores de P.P..

El art. 24, inc. d) de la ley 14.159, prevé la citación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en los casos en que hubiera interés fiscal comprometido. Dicho recaudo ha sido cumplido.

En ese contexto, suspender el proceso a los efectos señalados,

iniciar el sucesorio, aguardar la reputación de vacancia y obtener la designación de un curador, implica retrotraer el pleito a etapas fenecidas, sin que jurídicamente exista un motivo para hacerlo.

Fecha de firma: 03/03/2021

Firmado por: C.R.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: R.P., JUEZ DE CAMARA

Por todo lo expuesto, no existiendo razones que lleven a suspender los plazos procesales, se revocará la decisión apelada y las cotas impuestas al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR