R R T c/ N S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Número de expedienteCIV 071513/2006/CA001
Fecha02 Julio 2018
Número de registro210390014

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K 71513/2006 R R T c/ N S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN.

C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, de julio de 2018.-

AUTOS Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal a fin de resolver la caducidad de segunda instancia planteada a fs. 324 cuyo traslado fuera contestado a fs. 327.

La caducidad de la instancia es un instituto procesal de orden público, cuyo fundamento objetivo es la inactividad por un tiempo determinado de los litigantes, quienes ante el desinterés demostrado tienen su sanción. Es así, que la institución excede el mero beneficio de las partes, y propende a la agilización del reparto de justicia, evitando la duración indefinida del proceso cuando los interesados presumiblemente abandonan el ejercicio de sus pretensiones ( conf.

CNCiv., S.A., 2/11/84, LL. 1985-A, pág. 415; id., S.B., 972/82, LL 1982-B-pág. 154; id., S.G., 24/8/81, LL 1982-A, pág. 173).

El único medio adecuado para demostrar la falta de espíritu de deserción de la instancia y destruir la presunción que implica la inactividad de la parte, consiste precisamente en la realización de actos procesales útiles y adecuados al estado de la causa ( conf.

Fenochietto-Arazi, “ Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”, T.2, pág. 29 y jurisprudencia allí citada)

En lo referente a la segunda instancia se abre con la...

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