Sentencia de SALA II, 17 de Julio de 2015, expediente CCF 007269/2012/CA002

Fecha de Resolución17 de Julio de 2015
EmisorSALA II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 7269/2012 RODRIGUEZ ROSA c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL GRAFICO s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, 17 de julio de 2015.- AN Y VISTO: el recurso de apelación interpuesto en fs. 106/107 contra el decisorio de fs. 104 y vta., y CONSIDERANDO:

  1. Que el juez de grado hizo lugar a la ampliación de la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, ordenó a la demandada a arbitrar en el plazo de tres días los medios necesarios para que la amparista tenga la cobertura integral de la prestación médica requerida que consiste en la cobertura en un 100% de la internación en la Institución Misionera Baraga “Hogar San Vicente” , todo ello conforme las especificaciones que surgen de las prescripciones médicas y documentación acompañada con el libelo inicial.

  2. La demandada se queja porque entiende que para brindar la nueva cobertura debió considerarse la concordancia de la medida con criterios de patología (tipo y grado), edad y situación socio familiar (según art. 19 de la ley 24.901). También se queja que no se le confirió un traslado, lo que le impidió evaluar el ofrecimiento de prestadores alternativos, previo cotejo de presupuestos para evitar abusos en los valores.

  3. Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 265 del Código Procesal, la fundamentación del recurso de apelación exige una crítica concreta y razonada del decisorio atacado; ello requiere un análisis serio que demuestre, de manera apropiada, que aquél es erróneo o contrario a derecho, y a tal fin se debe indicar las deficiencias atribuidas al fallo (confr.

esta S., causas 7628/99 del 26.4.00 y 1884/04 del 28.12.06, entre otras; F., S.C. –Y., C.D., “Código Procesal Civil y Comercial comentado, anotado y concordado”, t. 2, p. 483).

Fecha de firma: 17/07/2015 Firmado por: R.V.G. -G.M. -A.S.G. Desde esta perspectiva, es claro...

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