Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 28 de Octubre de 2016, expediente CCF 000594/2013/CA002

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 594/2013 R,. N.M. c/ OBRA SOCIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, 28 de octubre de 2016.- JRL VISTO

Y CONSIDERANDO:

1) Que el magistrado interviniente, en la sentencia de fs. 235/38, declaró abstracta la pretensión sustancial articulada en el sub-examine y condenó a la OBRA SOCIA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION, a brindar la cobertura integral del costo de la intervención quirúrgica y provisión de prótesis y elementos prescriptos a la actora N.M.R.,. con costas a la emplazada.

Contra lo así resuelto apeló la accionada a fs. 242/43vta., quien se agravia únicamente porque se le impusieron las costas. Además impugna por elevados a los honorarios que fueron regulados al letrado patrocinante de la actora.

2) Que por tratarse de un asunto en el que está comprometido el orden público, relativo a la jurisdicción y a la competencia funcional, el Tribunal de alzada se encuentra facultado para examinar de oficio la procedencia del recurso de apelación, sin que sea obstáculo para ello la concesión realizada por el juez de primera instancia ni la conformidad que al respecto pudieran haber prestado las partes, sea en forma expresa o tácita (conf. esta S., causa 10.026/09 del 2.6.10 y sus citas).

3) Que, en función de lo expresado, cabe advertir que el monto de las costas que motiva el presente recurso, se limita a la suma de $8.000, a la que ascienden los honorarios regulados a favor del letrado patrocinante de la parte actora, la cual dista de alcanzar el mínimo apelable establecido por el art. 242 del Código Procesal, que para este proceso es de $20.000, conforme Por ello, considerando que la cuestión sometida al conocimiento de este Tribunal involucra, en definitiva...

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