Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I, 15 de Marzo de 2017, expediente FCB 039265/2016/CA001

Fecha de Resolución15 de Marzo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS : “R, M. S. Y OTRO C/ ASOCIACIÓN MUTUAL FEDERADA SALUD 25 DE JUNIO S/ LEYES ESPECIALES (DIABETES, CÁNCER, FERTILIDAD)”

doba, quince de marzo de dos mil diecisiete.-

Y VISTOS :

Estos autos caratulados: “R, M. S. Y OTRO C/ ASOCIACIÓN MUTUAL FEDERADA SALUD 25 DE JUNIO S/

LEYES ESPECIALES (DIABETES, CÁNCER, FERTILIDAD)” (Expte.

N° 39265/2016/CA1) venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido a fs. 143/159 por el letrado apoderado de la demandada –Mutual Federada 25 de Junio Sociedad de Protección Recíproca-, en contra de la medida cautelar dictada con fecha 22 de noviembre de 2016 por el señor Juez Federal de Río Cuarto (fs.

58/63vta.), a través de la cual se ordena a la Obra Social accionada brindar cobertura inmediata del 100% de la medicación necesaria, las técnicas de crio preservación de embriones y columnas de anexina para el tratamiento de fertilización de Alta Complejidad FIV-ICSI, a llevarse a cabo en el Centro Médico CIGOR, bajo contracautela de dos (2) letrados de la matrícula.-

Y CONSIDERANDO:

  1. Previo a todo, corresponde formular una breve reseña de las actuaciones. Así tenemos que con fecha 10/11/2016 los Sres. “R., M.S.” y “M., J.M.” inician acción de amparo en contra de “Asociación Mutual Federada Salud 25 de Junio Sociedad de Protección Recíproca” a fin que se les brinde total cobertura de la medicación necesaria prescripta por el médico tratante doctor N.M.K. que se detalla a continuación: Gonacor 5000 (2 ampollas), Cetrotide 0,25 (3 ampollas), Utrogestan 200 (comp. X 42) y M. 75 (32 ampollas); como así también las técnicas de crio preservación de embriones y columnas de anexina, para el tratamiento de fertilización asistida de Alta Fecha de firma: 15/03/2017 Firmado por: G.S.M., Firmado por: I.M.V.F., Firmado por: M.V., Firmado por: EDUARDO AVALOS #29101191#173929973#20170315140232797 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS : “R, M. S. Y OTRO C/ ASOCIACIÓN MUTUAL FEDERADA SALUD 25 DE JUNIO S/ LEYES ESPECIALES (DIABETES, CÁNCER, FERTILIDAD)”

    Complejidad FIV – ICSI y todo lo que sea medicamente indicado en el futuro (fs. 47/52vta.) en virtud de las patologías denunciadas (factor:

    masculino severo, ver certificados de fs. 33, 34, 35 y 160). Aclaran los actores haber intentado con anterioridad tratamientos de Baja Complejidad (IU-Inseminación Intrauterina), previa estimulación y un tratamiento de Alta Complejidad, sin tener resultados positivos.

    Con fecha 22/11/2016 el señor Juez de grado tiene por iniciada la acción de amparo y hace lugar a la medida cautelar solicitada por los accionantes, ordenado a la demandada a brindar el 100% de la cobertura de los medicamentos necesarios, técnicas de crio preservación de embriones y columnas de anexina para realizar un tratamiento de Fecundación Asistida de Alta Complejidad FIV - ICSI.

    Seguidamente, comparece el doctor A.B. como letrado apoderado de la “Mutual Federada 25 de Junio Sociedad de Protección Recíproca”

    (fs. 143/159), interponiendo recurso de apelación en contra de la misma, el cual es concedido con efecto devolutivo, evacuando el informe requerido por el Inferior a fs. 177/188 de autos.

  2. Se agravia la recurrente mediante escrito agregado a fs. 143/159, sosteniendo en primer lugar que la cobertura solicitada se trata de una pretensión abstracta, y que la Obra Social no se negó a brindar los medicamentos necesarios prescriptos por el médico tratante ni las técnicas de crio preservación de embriones para realizar el tratamiento de Alta Complejidad, cuestionando solo las columnas de anexina, las cuales carecen de la suficiente justificación científica. Asimismo expresa que no se encuentran acreditados los presupuestos formales para dictar la medida cautelar. Cita jurisprudencia.

    ...

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