Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala K, 4 de Diciembre de 2019, expediente CIV 030640/2011/CA004 - CA003 - ...

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala K

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K 30640/2011 R. J. E. Y OTROS c/ G. M. S. Y OTROS s/ DESALOJO: INTRUSOS Buenos aires, 4 de diciembre de 2019.-

Por haberse omitido cargar en el sistema informático la resolución de fs. 1421/1422, suscripta el 26/11/2019, se procede a realizar la carga diferida de la misma, reproduciéndola en este acto.

Buenos Aires, 26 de noviembre de 2019.- JAL AUTOS Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I. Contra el pronunciamiento de fs. 1402/1404 apela R.M.R., en el carácter de heredero de H. N.

V. cuyos agravios obran a fs. 1407/8, los que fueron contestados a fs. 1410/1411.

La resolución apelada desestima el planteo de nulidad de notificación del auto regulatorio de honorarios formulado por R, heredero de la coactora H. V.

II. Sostiene que la notificación no se cursó en su domicilio real, de acuerdo a la documentación que agrega. Señala que si bien la morada a la que fue remitida la comunicación judicial, “A.1660, piso 4 “A”, torre 5 C.A.B.A, fue por cuatro años su vivienda y su estudio profesional pero luego de una intempestiva finalización del vínculo laboral con quien fuera su socio, se vio obligado a abandonarlo sin tener más relación con él y las colaboradoras que los asistían en la labor diaria. Considera que en la medida que se notificó la regulación de honorarios en un domicilio distinto del Fecha de firma: 04/12/2019 Alta en sistema: 12/12/2019 Firmado por: JULIO M A RAMOS VARDE, SECRETARIO DE CAMARA #13419445#250966804#20191203104408744 real, requiere que se revoque la decisión apelada, declarándose la nulidad de la notificación y se ordene una nueva a su verdadero domicilio. También apela el monto del estipendio fijado, la base regulatoria tomada en cuenta para determinarlo exponiendo sus fundamentos.

Por su parte, el Dr. E. P. responde los agravios formulados, solicita que se declare desierto el recurso porque no formula una crítica concreta y razonada del pronunciamiento que impugna. Refiere que si la finalidad es cuestionar la regulación de honorarios, ya se encuentra impugnada por los restantes coactores que la recurrieron con el patrocinio letrado del mismo profesional con el que se presenta el recurrente, de modo que no existe perjuicio sufrido ni interés jurídico lesionado.

Cuestiona que la documentación acompañada demuestre cuál era el domicilio real al tiempo de la notificación cuestionada.

III. La valoración de la expresión de agravios, a los fines de determinar si reúne las exigencias...

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