Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 3 de Abril de 2017, expediente CFP 015381/2016/1/CA001

Fecha de Resolución 3 de Abril de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 15381/2016/1/CA1 CCCF – Sala 2 CFP 15381/2016/1/CA1 “R., H. H.s/procesamiento”.

J.. Fed. n° 12 - Sec. n° 24.

Buenos Aires, 3 de abril de 2017.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto a fojas 6/11 por la doctora Florencia G. Plazas, Defensora Oficial, a cargo de la asistencia letrada de H.H.R., contra el procesamiento del nombrado, por ser considerado autor del delito de uso de instrumento público falsificado.

II- Los agravios giran en derredor de dos ejes.

Por un lado, la recurrente estima que la falsificación del certificado analítico de estudios secundarios presentado por el imputado el 21 de octubre de 2016 ante el Sector Legalizaciones del Ministerio del Interior de la Nación, ubicado en 25 de mayo 179 de esta ciudad, no tiene entidad para causar un perjuicio a un bien jurídico distinto de la fe pública; y, por otro, que no es idóneo para engañar a los empleados de esa repartición pública.

III- Más allá de que corresponda o no exigir para consumar el delito en estudio, la posibilidad de causar perjuicio en un bien jurídico diverso de la fe pública en los casos en los que el documento falsificado se trate de un instrumento público, lo cierto es que la presente maniobra tiene aptitud para lesionar la eventual habilitación de estudios terciarios y/o universitarios o, en su caso, a algún empleo en relación de dependencia donde se necesite, como requisito de idoneidad, poseer estudios de nivel secundario (ver CCCFed., de esta S., causa n° 14.073, “Mandile de Woca, M.L. y otros s/falsificación de documento público”, reg. n° 15.520, del 17/6/1998).

En este sentido, C.C. y J.E.B. afirman que “El perjuicio o su peligro puede recaer sobre cualquier bien; no se restringen a los de carácter propiamente económico, ni siquiera a los de índole material, ni a los de naturaleza privada, se extienden a los inmateriales, a los públicos; hasta se mencionan como comprendidos la honra y los intereses políticos y los que puede tener el Estado en el cumplimiento de Fecha de firma: 03/04/2017 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.V.L., Secretaria de Cámara #29478112#175403487#20170403115520019 determinadas actividades o en la reglamentación para la concesión de ciertas habilitaciones”. (confr. “Falsificación de documentos...

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