Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 23 de Octubre de 2018, expediente CIV 069305/2016/CA002

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G R., D. G. Y OTRO c/ A. DEL S. SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

J. n° 95 Sala G expte. N° 69305/2016/CA2 Buenos Aires, de octubre de 2018.- AC VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el demandado a fs. 275 contra la resolución de fs. 271/272, mediante la cual el Juez de grado mandó

a desglosar la presentación de fs. 266/8 (conf. Memorial de fs.

281/283 contestado a fs-. 350).

La cuestión se integra con el dictamen de la Defensora de Cámara a fs. 355.

De la compulsa de autos surge que a fs. 161/185 el demandado contestó la demanda entablada y en tal oportunidad, a fs.

161 punto II, solicitó la suspensión del proceso con fundamento en la falta de mediación previa obligatoria. Tal pedido fue proveído a fs.

229/230 punto III, en donde se dispuso que “De la cuestión previa relativa a la mediación, (…) traslado a la actora. Notifique la parte electrónicamente” (ver 229vta), lo que motivó la posterior contestación de la accionante reconvenida a fs. 244/245.

Luego de ello, el demandado nuevamente plantea a fs.

266/268 la falta de mediación previa, presentación que fue correctamente tenida por el Juez de grado como una indebida duplica (ver fs. 271/272).

Pues, en primer término, cabe señalarle al apelante que la resolución que cuestiona de fs. 271/272, no implicó como sostiene el rechazo de su planteo de incumplimiento de mediación previa –

cuestión que aún no ha sido resuelta-, sino que correctamente se ordenó su desglose por cuanto pretendía con ella responder la Fecha de firma: 23/10/2018 Alta en sistema: 24/10/2018 Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.C.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA #28952255#219653743#20181023125313461 contestación que realizó la parte actora a fs. 244/245, presentación que, además, no mereció traslado...

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