Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 30 de Diciembre de 2019, expediente CIV 061637/2018
Fecha de Resolución | 30 de Diciembre de 2019 |
Emisor | Camara Civil - Sala C |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C
61637/2018. R., A. c/ A. D. S. s/HABEAS DATA
Juz. 58 A.B.
Buenos Aires, de diciembre de 2019.- MC
Y VISTOS
Y CONSIDERANDO:
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Contra el pronunciamiento de fs. 261/268,
que confirma la sentencia dictada a fs. 97/112
(que declara la incompetencia de la justicia civil para entender en la cuestión traída a decisión jurisdiccional) a fs. 272/292 la actora interpone recurso extraordinario, cuyo traslado fue contestado por la demandada a fs. 294/312.
La recurrente sostiene que el perjuicio de la decisión, se vincula con la aplicación e inteligencia de un tratado internacional entre la Santa Sede y la República Argentina, que se encuentra en discusión con derechos tales como la identidad de género, autonomía informativa, no discriminación, igualdad ante la ley, debido proceso, accedo a la justicia y tutela efectiva,
que establecen las leyes 26.743, 25.326, arts. 1,
14 y 75 inciso 22 de la C.N., art. 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, art. 19
del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, art. 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención Americana de sobre Derechos Humanos, entre otros.
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sobre la jerarquía de los tratados internacionales frente a leyes que también tienen tal carácter, en función a aquellos que garantizan el respecto de los derechos humanos establecidos en tales leyes.
Fecha de firma: 30/12/2019
Alta en sistema: 20/02/2020
Firmado por: O.L.D.S., Juez de Cámara Firmado por: J.M.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: PABLO TRIPOLI, JUEZ DE CAMARA
En dichos términos, sostiene que en la especie media la cuestión federal al violentarse,
con las decisiones recurridas, garantías de raigambre constitucional.
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Se recuerda, que el remedio previsto por el art. 14 de la ley 48, destinado a asegurar la supremacía de la Constitución Nacional, contempla distintas alternativas de intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación:
1° Cuando en el pleito se haya puesto en cuestión la validez de un Tratado, de una ley del Congreso, o de una autoridad ejercida en nombre de la Nación y la decisión haya sido contra su validez.
2° Cuando la validez de una ley, decreto o autoridad de Provincia se haya puesto en cuestión bajo la pretensión de ser repugnante a la Constitución Nacional, a los Tratados o leyes del Congreso, y la decisión haya sido en favor de la validez de la ley o autoridad de provincia.
3° Cuando la...
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