Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 1 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2013
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 252 p 422/425.

En la ciudad de Santa Fe, a los un día del mes de octubre del año dos mil trece, se reunieron en acuerdo los señores Ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia,doctores D.A.E., R.F.G., M.L.N. y E.G.S., bajo la presidencia del señor Ministro decano doctor R.H.F., a fin dedictar sentencia en los autos "B., L. A. R. -Recurso de Inconstitucionalidad (Expte. 220/12) en autos 'B., L. A. R. s/ Robo y Portación Ilegítima de un Arma de Fuego de Uso Civil en ConcursoReal'- (Expte. 598/11) sobre RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD" (Expte. C.S.J. N° 335,año 2012). Se resolvió someter a decisión las siguientes cuestiones: PRIMERA: ¿es admisible elrecurso interpuesto? SEGUNDA: en su caso, ¿es procedente? TERCERA: en consecuencia, ¿quéresolución corresponde dictar? Asimismo, se emitieron los votos en el orden que realizaron elestudio de la causa, o sea, doctores: N., Falistocco, Erbetta, G. y S..

A la primera cuestión, el señor Ministro doctor N. dijo: 1. Según se desprende de las constancias de los autos principales, la Jueza de PrimeraInstancia de Distrito en lo Penal de Sentencia Nº 2 de Santa Fe, absolvió a L.A.R.B. de las imputaciones de robo y portación ilegal de arma de fuego de uso civil (arts. 164 y 189 bis, inc. 2,tercer párrafo y 55 del C.P.), por el beneficio de la duda (fs. 167/173 del E.. Nº 598/11). 2. Apelada tal decisión por la Fiscalía, la Sala Cuarta, integrada, de la Cámara de Apelaciónen lo Penal de esta ciudad, por acuerdo 45 del 3 de abril de 2012, revocó la sentencia apelada y condenó a L.A.R.B., como autor penalmente responsable de los delitos de hurto y portación ilegal de arma de fuego de uso civil, en concurso real (arts. 162, 189 bis, inc. 2, tercer párrafo y 55 del C.P.) a la pena de dos años y seis meses de prisión, con declaración de reincidencia y costas (fs. 223/227 del E.. N° 598/11). 3. Contra dicha resolución la defensa técnica interpuso recurso de inconstitucionalidad enfavor de B. reclamando la vulneración de las garantías de defensa en juicio, contradicción y doble conforme (fs. 1/14v.).

Luego de desarrollar sus agravios por arbitrariedad probatoria, afectación de la congruenciay arbitraria determinación de la pena por ausencia de realización de la audiencia "de visu" previstaen el artículo 41 del Código Penal, afirmó que el pronunciamiento de la Alzada omitió considerarcomo pauta interpretativa de su competencia para aplicar pena la disposición del artículo 404 delCódigo...

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