Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 26 de Agosto de 2022, expediente CIV 043350/2021/CA001

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2022
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

43350/2021

Q.V., PAULA MARIA c/ QUIROGA

VERGARA, N.J. Y OTRO s/FIJACION Y/O

COBRO DE VALOR LOCATIVO

Buenos Aires, de agosto de 2022.- FE

Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

  1. Las actuaciones fueron remitidas a este Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por los demandados el 6 de mayo de 2022 contra el pronunciamiento del 28 de abril de 2022, mediante la cual el magistrado de grado desestimó la intervención de terceros solicitada.

    Los fundamentos de la apelación fueron expresados el 31 de mayo de 2022 y contestados por la accionante el 17 de junio de este año.

  2. La solicitud de intervención de tercero prevista en el art. 94

    del CPCC requiere que la controversia sea común, vale decir, que la situación jurídica que enmarca el proceso se encuentre conexa con otra relación jurídica existente entre el tercero y alguno de los litigantes. De tal suerte que, en virtud de esa conexidad, los elementos objetivos de la pretensión promovida por el actor contra el demandado (objeto y causa), pueden servir de fundamentos de otro proceso, frente al tercero o por parte de éste (Colombo-Kiper, “Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”, Tomo I, pág. 94).

    En este sentido, el instituto requiere que exista más que un mero interés del peticionario desde que esta norma opera en líneas generales sobre el presupuesto la relación o situación jurídica sobre la que versa el proceso guarde conexión con otra relación existente entre el tercero y cualquiera de los litigantes originarios, de manera tal que el tercero podría haber asumido inicialmente la posición de Fecha de firma: 26/08/2022

    Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

    litisconsorte del actor o del demandado (esta Sala, expte. nro.

    92625/2019, en autos “A.C., F. c/ Ayerza Curtido,

    R. s/ Cumplimiento de Contrato” del 31/8/2020, entre muchos otros).

  3. En el caso, la accionante P.M.Q.V. demandó a sus hermanos y coherederos N.J.Q.V. y E.R.Q.V. a desocupar el campo “El Casco” que integra el acervo hereditario de sus padres y en caso de que no desocupen el bien, solicitó la fijación de un canon locativo en atención a su uso exclusivo y excluyente de las fracciones de campo y las instalaciones de dicho inmueble.

    Al momento de contestar la demanda, los emplazados solicitaron la intervención en calidad de tercera interesada a la restante hermana de...

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