Expediente nº 7344/10 de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 23 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2011
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas

Ministerio Público - Defensoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en/ Palmisano, F.A. s/ infr. art. (s) 189 bis CP

Expte. n° 7344/10 "Ministerio Público -Defensoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'P., F.A. s/ infr. art. (s) 189 bis CP'"

Buenos Aires, 23 de marzo de 2011

Vistos: los autos indicados en el epígrafe.

Resulta 1. El Defensor General interpuso recurso extraordinario federal contra la decisión del Tribunal que rechazó el recurso de queja que la defensa había deducido oportunamente.

  1. El F. General Adjunto, al contestar el traslado que le fue conferido, expresó que el Tribunal debía declarar inadmisible el recurso porque no se había logrado introducir un caso federal.

    Fundamentos:

    Los jueces A.E.C.R., A.M.C., J.O.C. y L.F.L. dijeron:

  2. El Defensor General se agravia de la sentencia, centralmente, porque allí el Tribunal afirmó que la queja interpuesta no había logrado rebatir las razones dadas por la Cámara para denegar su recurso de inconstitucionalidad. La defensa indica, en pocas palabras, que el Tribunal "omitió el tratamiento propuesto sobre el alcance de la garantía que protege la libertad ambulatoria, privacidad y dignidad humana prevista en los arts. 12 inc. 3; 13 incs. 1 y 3 CCABA; 14, 18 y 33 de la CN; 12 y 13.1 DUDH; 7 CADH y 9.1 PIDCyP (art. 75 inc. 22 CN), vinculada con la detención de personas sin orden policial -aun para su sola identificación- y su violación por la prevención policial interviniente en esta causa -convalidada por las instancias judiciales locales-; como así de la garantía del debido proceso y defensa en juicio conculcada por la admisión de prueba ilegalmente obtenida -en contradicción con la regla de exclusión probatoria- y por la valoración arbitraria de la prueba de cargo" (fs. 124/vuelta).

  3. El recurso extraordinario interpuesto resulta inadmisible. En el caso, resulta aplicable la reiterada doctrina del Alto Tribunal que sostiene que las decisiones por las cuales los tribunales locales declaran la improcedencia de los recursos de orden local que se interponen ante ellos son ajenas, en principio, a la instancia extraordinaria federal (cf. Fallos: 299:268; 308:1577; 311:100; entre muchos otros).

  4. Por otra parte, los motivos de agravio presentados sólo abarcaban la discusión sobre aspectos de hecho y prueba -y aplicación de normas no federales vinculadas a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR