Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 5 de Octubre de 2022, expediente CNT 008115/2020

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V

Expte. Nº CNT 8115/2020/CA1

SENTENCIA INTERLOCUTORIA. 51290

AUTOS: “PUYOL, ALEJANDRO CESAR c/ RIVA S.A. s/ LEY 22.250” (JUZGADO

Nº 8).

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los 5 días del mes de octubre de 2022 se reúnen los jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, en los términos que a continuación se indican.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Contra la sentencia de primera instancia dictada el 05/08/2022, se alzan la demandada, el perito médico y los Dres. F.H.C.G. y Constanza Clara Baudonnet, por derecho propio, cuestionando los honorarios regulados por estimarlos altos y bajos, respectivamente.

  2. En primer término, cabe señalar que es el órgano de segunda instancia –que no se halla vinculado en ese aspecto por la resolución de la jueza anterior- quien se encuentra facultado para establecer el juicio de admisibilidad pleno y definitivo sobre el recurso de apelación e incluso no está ligado al respecto por la conformidad de las partes ni por la resolución de la jueza de primera instancia (ver F.-.Y., Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, comentado, anotado y concordado, 3° edición actualizada y ampliada, Tomo 2, págs. 278/279).

En ese marco, se advierte que los recursos traídos a conocimiento del tribunal,

resultan formalmente inadmisibles en orden a lo dispuesto por el artículo 107, L.O.

Esto es así, en tanto que el mencionado artículo establece que serán apelables las regulaciones de honorarios siempre y cuando el monto reclamado en la demanda supere el valor indicado en el art. 106, L.O...

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