Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 5 de Diciembre de 2001, expediente P 61838
Presidente | Pettigiani-San Martín-de Lázzari-Hitters-Salas |
Fecha de Resolución | 5 de Diciembre de 2001 |
Emisor | SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA |
Suprema Corte de Justicia:
La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de M. condenó por mayoría a C.N.P. a la pena única de cuatro años y seis meses de prisión con accesorias legales y costas por robo simple; comprensiva de la correspondiente en esta causa y de la que le fuera impuesta en causa nº 34.150 registro del juzgado nº 9 departamental. Art. 164 del Código Penal (v. fs. 256/263).
Contra este pronunciamiento interpone recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley el Sr. Defensor Oficial del encartado (v. fs. 267/269). Denuncia la violación de los arts. 150, 251, 253, 259 incs. 2 a 7 e “in fine” del Código de Procedimiento Penal, con relación a la prueba de la autoría.
Pide se absuelva libremente a su defendido.
Como viene planteado este recurso no puede prosperar.
Ello así pues, la impugnación no pasa de ser una mera exposición de criterio interpretativo diferente al empleado por la Alzada e ineficaz para demostrar la denunciada transgresión (conf. P. 38.408 sent. del 31/5/94). Media insuficiencia.
Advierto además, y respecto a la reputada inhabilidad del testigo M. que resulta una cuestión que no fue oportunamente introducida a través del procedimiento que prevé el art. 247 del Código de Procedimiento Penal. Media insuficiencia.
Tal es mi dictamen.
La P., febrero 6 de 1997 -L.M.N.
A C U E R D O
En la ciudad de La P., a 5 de diciembre de dos mil uno, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresP., S.M., de Lázzari, Hitters, S.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 61.838, “Pujhots, C.N.. Robo simple”.
A N T E C E D E N T E S
La Sala Segunda de la Excma. Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de M. condenó por mayoría a C.N.P. a la pena única de cuatro años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas por ser autor responsable del delito de robo simple; comprensiva de la que le fuera impuesta en causa nº 34.150 registro del Juzgado nº 9 departamental.
El señor Defensor Oficial del procesado interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.
Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente
C U E S T I O N
¿Es fundado el recurso extraordinario...
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