ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE SAN MARTIN DE LOS ANDES Actuación SIGEA 14683-160-2011 (058-SC-16-2011/3).

Fecha de disposición05 Octubre 2011
Fecha de publicación24 Noviembre 2011
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales

San Martín de los Andes, 5/10/2011.

VISTO la instrucción de sumario contencioso dispuesta por Resolución Nº 043/11 (AD SMAN) de fecha 2/8/11, y atento el estado de autos, CORRASE VISTA de estos actuados al ciudadano argentino Sr. MAXIMILIANO VALERIO FIDALGO, D.N.I. Nº 25.561.065, ante la presunta comisión de la infracción prevista y penada por el artículo 978 del Código Aduanero, para que en el término de diez (10) días hábiles de notificada la presente comparezca a efectos de presentar su descargo, ofrezca prueba que haga a sus dichos y acompañe la documental que estuviere en su poder. Si no la tuviere la individualizará indicando su contenido, el lugar y la persona en cuyo poder se encontrare (art. 1101 CA), todo ello bajo apercibimiento de ser declarado REBELDE y continuando el procedimiento sin su intervención (art. 1105 CA.). En caso de comparecer por interpósita persona, deberá hacerlo en los términos del artículo 1030 del Código Aduanero, es decir, con las instrumentales correspondientes, que avalen la representación que se invocare. Por su parte, en las presentaciones que se planteen o se debatan cuestiones jurídicas, será obligatorio el patrocinio letrado (art. 1034 C.A.). Asimismo hágase saber al interesado que a los fines previstos en los artículos 930/932 del Código Aduanero que, si dentro del plazo conferido para contestar la vista depositare en carácter de pago voluntario la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON 16/100 CTVOS. ($ 2.928,16.-) en concepto de multa mínima, equivalente a una vez el valor en aduana de la...

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