Publicaciones de la Sección Suplemento Nº 1 de 05 de Septiembre de 2017

AÑO CVIII/ LA PLATA, MARTES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2017 Nº 28.106
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
S U P L E M E N T O D E 19 P Á G I N A S
Decretos
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decreto
Número: DECTO-2017-413-E-GDEBA-GPBA
BUENOS AIRES, LA PLATA
Viernes 25 de Agosto de 2017
Referencia: 2970-2240/16 - Designación Latour
VISTO el expediente N° 2970-2240/16 del Ministerio de Salud, por el
cual se solicita se designe a Marina Andrea LATOUR para desempeñar
funciones en el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico
de Agudos y Crónicos “Dr. Alejandro Korn” de José Melchor Romero,
dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría
de Atención de la Salud de las Personas, en el marco de lo establecido por
los artículos 147 y 148 de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N°
1.869/96), reglamentada por Decreto N° 4.161/96, y
CONSIDERANDO:
Que para propiciar dicho trámite se afectó la vacante producida por el
cese en el cargo por hallarse en condiciones de acogerse a los benecios
jubilatorios de Alfredo Daniel BUBICO, concretado por Resolución 11112
Nº 2020/15 - Anexo 1 – Planilla 1;
Que la presente designación se efectúa teniendo en cuenta los
extremos concernientes a la afectación de servicio y funcionamiento
operativo del establecimiento;
Que dicha medida cuenta con el crédito respectivo para su atención;
Que la Delegación de la Dirección Provincial de Administración
del Capital Humano del Ministerio de Salud, deberá controlar que se
encuentren reunidos los recaudos de los artículos 2° y 3° de la Ley N°
10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1.869/96), reglamentada por
Decreto N° 4.161/96, en forma previa a la toma de posesión del interesado;
Que en autos se informa que la agente cuya designación se propicia
se desempeñará efectivamente en un establecimiento hospitalario del
Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario,
de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2017 – Ley
Nº 14.879;
Que en virtud de que el establecimiento en el que desarrollará sus
tareas la causante es considerado insalubre a los efectos determinados
por el Decreto Nº 1.351/71, mediante el artículo 6º de la Resolución Nº
164/72, y teniendo en cuenta lo normado por el artículo 4º inciso b) del
Decreto-Ley Nº 9.650/80 (Texto Ordenado-Decreto Nº 600/94), la misma
debe efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del 16% sobre la
remuneración que perciba;
Que asimismo se solicitó se otorgue la bonicación que prevé el Decreto
N° 4.978/84, a la agente que se menciona en el acápite precedente, por
desempeñar sus tareas en un establecimiento de atención de enfermos
mentales;
Que el decreto mencionado en el acápite precedente, en su artículo 2°,
jó el otorgamiento de una bonicación del 15% del sueldo correspondiente
a su categoría para el personal de Enfermería (Enfermeros y Auxiliares
de Enfermería) que desempeña sus tareas en forma estable en horario
nocturno en establecimientos hospitalarios provinciales, haciendo
extensiva tal bonicación a la totalidad del personal de dicha área
asistencial que presta servicios en cualquier otro turno en establecimientos
o servicios considerados insalubres, infectocontagiosos o de atención de
enfermos mentales, entrando en vigencia a partir del 1 de agosto de 1984;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Administración
del Capital Humano, la Contaduría General de la Provincia y la Dirección
Provincial de Presupuesto Público del Ministerio de Economía;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos
Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA :
ARTÍCULO 1º. Designar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de
Salud, a partir de la fecha de noticación del presente, en el marco de lo
establecido por los artículos 147 y 148 de la Ley N° 10.430 (texto ordenado
por Decreto N° 1.869/96), reglamentada por Decreto N° 4.161/96, en la
SUPLEMENTO / PÁGINA 2
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LA PLATA, MARTES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2017
Planta Permanente, a la persona que se menciona en el documento N°
IF-2017-01591007 GDEBA-DSTAMSALGP, que como Anexo Único forma
parte integrante del presente, en las condiciones que se indican en el
mismo.
ARTÍCULO 2º. La designación concretada por el artículo precedente
tiene carácter provisional y adquirirá estabilidad transcurridos seis (6)
meses a partir de la fecha de toma de posesión del cargo, de conformidad
con lo establecido por el artículo 6° de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado
por Decreto Nº 1.869/96), reglamentada por Decreto Nº 4.161/96.
ARTÍCULO 3º. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección
Provincial de Administración del Capital Humano del Ministerio de Salud,
deberá controlar que se encuentren reunidos los recaudos de los artículos
2° y 3° de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1.869/96),
reglamentada por Decreto N° 4.161/96, en forma previa a la toma de
posesión del interesado.
ARTÍCULO 4°. Otorgar, en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud,
la bonicación del 15% del sueldo correspondiente a su categoría que
prevé el artículo 2° del Decreto N° 4.978/84, a Marina Andrea LATOUR
(D.N.I. 20.287.531 – Clase 1968), por desempeñar sus tareas en un
establecimiento de atención de enfermos mentales.
ARTÍCULO 5º. Establecer en la Jurisdicción 11112 -Ministerio de
Salud, a partir de la fecha de noticación del presente, la agente citada
en el artículo precedente, debe efectuar un aporte previsional mensual
obligatorio del 16% sobre la remuneración que perciba, de conformidad
con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto-Ley N° 9.650/80
(texto ordenado por Decreto N° 600/94), atento que mediante el artículo
6º de la Resolución N° 164/72, se determinó que, entre otros, el Hospital
Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico de Agudos y Crónicos “Dr.
Alejandro Korn” de José Melchor Romero, es considerado insalubre a los
efectos determinados por el Decreto N° 1.351/71.
ARTÍCULO 6º. Atender el gasto que demande el cumplimiento de
lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112:
MINISTERIO DE SALUD -Jurisdicción Auxiliar 02: Dirección Provincial
de Hospitales – Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico
de Agudos y Crónicos “Dr. Alejandro Korn” de José Melchor Romero –
Programa: 0063 – Finalidad 3 -Función 1 -Procedencia 1 -Fuente 1 -Partida
Principal 1 Partida Subprincipal 1 -Régimen Estatutario 01 – Agrupamiento
4. Personal Técnico - Presupuesto General Ejercicio 2017 – Ley N° 14.879.
ARTÍCULO 7º. El presente Decreto será refrendado por el Ministro
Secretario en el Departamento de Salud y por el Ministro Secretario en el
Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 8º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Ocial.
Cumplido, archivar.
Andrés Roberto Scarsi Federico Salvai
Ministro Ministro
Ministerio de Salud Ministerio de Jefatura de
Gabinete de Ministros
María Eugenia Vidal
Gobernadora
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
SUBSECRETARIA DE ATENCION DE LA SALUD DE LAS PERSONAS
Anexo Único
DIRECCIÓN PRO VINCIAL DE HOSPITALES
HOSPITAL INTERZONAL E SPECIALIZADO NE UROPSIQUIATRICO DE AGUDOS Y CRONICOS "DR. ALEJANDRO KORN" DE JOSE MELCHOR RO MERO -Programa
0063
APELLIDO Y NOMBRES
DOCUMENTO
FECHA DE
NACIMIENTO AGRUPAMIENTO CARGO CODIGO CAT REG. HORA RIO
TIPO NUM ERO
1
LATOUR Marina A ndrea
D.N.I 20.287.531
17/07/1968
Enfermera
4-0000-
XIV -4
5
48 Hs.
IF-2017-01591007-GDEBA-DSTAMSALGP
página 1 de 1
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decreto
Número: DECTO-2017-414-E-GDEBA-GPBA
BUENOS AIRES, LA PLATA
Viernes 25 de Agosto de 2017
Referencia: 2989-1978/16 - Designación Solís y Ot.
VISTO el expediente N° 2989-1978/16 y agregados sin acumular del
Ministerio de Salud, por el cual se solicita se designe a diversas personas
para desempeñar funciones como Personal de Planta Permanente en
el Hospital Interzonal General “Vicente López y Planes” de General
Rodríguez, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la
Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, en el marco de lo
establecido por los artículos 147 y 148 de la Ley N° 10.430 (texto ordenado
por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, y
CONSIDERANDO:
Que para propiciar dicho trámite se afectaron las vacantes producidas
oportunamente;
Que las presentes designaciones se efectúan teniendo en cuenta
los extremos concernientes a la afectación de servicio y funcionamiento
operativo del establecimiento;
Que los agentes cuyas designaciones se propician se desempeñarán
en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción
citada cuenta con los cargos necesarios, de acuerdo con lo previsto en el
Presupuesto General Ejercicio 2017 – Ley Nº 14.879;
Que la Delegación de la Dirección Provincial de Administración del
Capital Humano del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentren
reunidos los recaudos de los artículos 2° y 3° de la Ley N° 10.430 (texto
ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96,
en forma previa a la toma de posesión de cada uno de los interesados;
Que resulta procedente otorgarles a los causantes una bonicación
remunerativa no bonicable por desfavorabilidad, equivalente al quince por
ciento (15%) del sueldo básico del cargo en el que se designan, en virtud
de las condiciones geográcas y sociolaborales en las que se desarrollan
las actividades en el establecimiento en el que se desempeñarán, de
acuerdo a lo normado por Decreto Nº 979/15;
Que han tomado intervención la Contaduría General de la Provincia, la
Dirección Provincial de Administración del Capital Humano y la Dirección
Provincial de Presupuesto Público del Ministerio de Economía;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos
Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de
Salud, a partir de la fecha de noticación del presente, en el marco de lo
establecido por los artículos 147 y 148 de la Ley N° 10.430 (texto ordenado
por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en la
Planta Permanente, a las personas que se mencionan en el documento
N° IF-2017-01589716 GDEBA-DSTAMSALGP, que como Anexo Único
forma parte integrante del presente, en las condiciones que se indican en
el mismo.
ARTÍCULO 2º. Las designaciones concretadas por el artículo
precedente tienen carácter provisional y adquirirán estabilidad transcurridos
seis (6) meses a partir de la fecha de toma de posesión de los cargos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 6° de la Ley Nº 10.430 (texto
ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96.
ARTÍCULO 3º. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección
Provincial de Administración del Capital Humano del Ministerio de Salud,
deberá controlar que se encuentren reunidos los recaudos de los artículos
2° y 3° de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96),
reglamentada por Decreto N° 4161/96, en forma previa a la toma de
posesión de cada uno de los interesados.
ARTÍCULO 4°. Otorgar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de
Salud, a partir de la fecha de noticación del presente, la bonicación
remunerativa no bonicable por desfavorabilidad, equivalente al quince
por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en que son designadas las
personas que se detallan en el Anexo Único, en virtud de las condiciones
geográcas y sociolaborales en las que se desarrollan las actividades en
el establecimiento en el que se desempeñarán, de acuerdo a lo normado
por Decreto Nº 979/15.
ARTÍCULO 5º. Atender el gasto que demande el cumplimiento de
lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112:

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